34 años y 8 meses de prisión fue sentenciado Elvis Alfredo Ch.M., en el grado de coautor del delito de asesinato. El hecho ocurrió el 1 de noviembre de 2020, durante una fiesta infantil en el Guasmo Sur, sur de Guayaquil, donde murieron tres personas, entre ellas un niño de 1 año.
Los jueces del Tribunal Penal, conformado por Fernando Lalama, Carlos Churta y Dora Vargas, acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y dictaron la condena contra el hombre. Esta incluye el pago de una multa de 1 300 salarios básicos (USD 552 500) y de USD 500 000 como reparación integral a la víctima.
El día de los crímenes, varias familias se encontraban reunidas festejando el cumpleaños de un niño, en una vivienda de la cooperativa Molina de Frank, en el sur de Guayaquil.
Cerca de las 18:30, varias personas que se movilizaban en un taxi dispararon contra quienes se encontraban en la vereda y al interior del inmueble, donde estaban varios menores de edad. Luego huyeron.
Tres personas fallecieron, entre ellas un niño de 1 año, y otras nueve resultaron heridas. Varios de los sobrevivientes identificaron a uno de los presuntos participantes, quien horas antes habría rondado el domicilio en una motocicleta.
Con esa información, la Policía Nacional desplegó un operativo asistido con las cámaras de vigilancia del ECU 911. Agentes de la Unidad de Delitos contra la Vida y Muertes violentas (Unase), ubicaron a Elvis Alfredo Ch. M. en su vivienda, en la Isla Trinitaria. En su poder tenía un arma de fuego e indumentaria que habría utilizado en el hecho.
Según las investigaciones de Fiscalía, el móvil del ataque sería por rencillas y diferencias entre elementos de una banda delincuencial. El ya sentenciado, además, es investigado por otros delitos, como porte de armas y asesinato.
Las evidencias
En la audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, el fiscal de la Unidad de Personas y Garantías, Orly Argudo, presentó como pruebas: Los informes de inspección ocular técnica, de levantamiento de cadáveres y autopsia.
También los informes antropológico, de reconstrucción de los hechos, investigativo y los reportes periciales de audio y video. Además, el análisis de llamadas telefónicas del teléfono celular del procesado.
A estas evidencias se sumaron los testimonios de 20 personas, entre agentes investigadores, peritos y personas que aportaron para las investigaciones. Entre ellas hay algunos testigos presenciales que se encontraban en el lugar del hecho.
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de 22 a 26 años. Esto, en concordancia con el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal, que aumenta hasta en un tercio la pena impuesta.