Las autoridades realizaron un operativo de control a un camión repatidor de gas de uso doméstico, para verificar que se entreguen facturas por la venta de los cilindros. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO
Un equipo conformado por tres entidades de control realizó en Quito, este 8 de enero de 2020, un operativo para verificar que los distribuidores de gas licuado de petróleo (GLP) o gas doméstico emitan facturas a los consumidores por la compra de este producto, sin modificar el precio oficial del derivado, que es USD 1,60 incluido el impuesto al valor agregado (IVA).
Personal de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH), del Servicio de Rentas Internas (SRI) y de la Intendencia de Policía de Pichincha, participó en este operativo en el sector de Calderón, en el norte de Quito.
En este proceso se verificaron las condiciones en las que se trabajaban en un centro de acopio, en un camión distribuidor y en un depósito de gas doméstico. En estos lugares se revisó que la documentación esté en regla y que se comercialice en USD 1,60 el tanque de gas.
Daniela Valarezo, intendenta de Policía de Pichincha, mencionó que en este operativo se evidenció que un centro de acopio había subido en un centavo el precio de venta de GLP a los distribuidores, aunque este valor estaba por debajo del USD 1,60.
En un depósito de gas se constató que no atendían en el horario establecido y que aún no se emiten facturas electrónicas para los consumidores. Ante estas situaciones las entidades tomaron las medidas correspondientes.
Por no emitir facturas, por ejemplo, se procedió a emitir una comunicación advirtiendo las sanciones por no aplicar este proceso, que es obligatorio desde el 1 de enero del 2020, según la resolución 431 del SRI.
Santiago Andrade, director nacional de Recaudación del SRI, explicó que las personas que no entregan facturas electrónicas con los datos del cliente al vender gas doméstico pueden ser sancionadas con la clausura de su actividad económica durante siete días, la primera vez. Y si es reincidente se podría cerrar hasta de manera definitiva el establecimiento.
“La normativa vigente establece que en la venta de gas doméstico el consumidor debe ser identificado, no se puede poner consumidor final”, precisó Andrade.
Para que los distribuidores apliquen la facturación electrónica, según Andrade, el SRI ha realizado campañas para difundir esta disposición con el propósito de formalizar esta actividad económica. Sin embargo, comentó que las personas que aún no conocen cómo implementar este mecanismo pueden acudir a una agencia del SRI para conocer más detalles.