En la noche del 1 de octubre, el Gobierno anunció al país las medidas con las que enfrentará la problemática económica . El conjunto constituye un avance en la correcta dirección.
Sin embargo, las medidas en el campo laboral, como están concebidas, probablemente no servirán de mucho. Es un error hacer modificaciones a la contratación laboral y a la jubilación patronal sólo para los nuevos contratos. ¡Estos son problemas que están estrangulando a las empresas de hoy, no a las que puede ser que existan en el futuro!
El alto costo de la terminación del contrato ha limitado el empleo. Además, pagar uniformemente 125% del salario mensual multiplicado por el número de años trabajados, a quien es separado después de 91 días, o de 25 años no es justo. La compensación por despido intempestivo es un derecho legal del trabajador. Ese derecho debe seguir siendo reconocido. Pero no tiene por qué reconocerse el mismo porcentaje al que es separado a los 91 días que a aquel que ha trabajado 20 años. Es constitucional y legal que la Ley reglamente dichos porcentajes. Así, a aquel de 91 días podría reconocérsele el 2%, al que es separado a los 5 años un 10%, y así sucesivamente, hasta llegar al 125%.Así se estimularía la productividad individual y agregada, única base verdadera del desarrollo.
La misma observación debe hacerse para la reforma de la jubilación patronal: sólo para las nuevas contrataciones se podrá hacer una contribución del 2% del salario, en lugar de la actual obligación de jubilación patronal. ¿Acaso no se ha entendido que el pasivo contingente que las empresas acumulan año tras año, está erosionando absurdamente su patrimonio, hasta acabar con ellas? Una cosa fue este pasivo cuando era contabilizado en sucres: se erosionaba sistemáticamente con la inflación y la devaluación. Hoy, en dolarización y con bajísima inflación, este mecanismo amenaza seriamente el patrimonio de las empresas. Este problema podría resolverse : según la Ley, el trabajador tiene derecho a la jubilación patronal completa a partir de los 25 años de servicio en la misma empresa. Entre los 20 y los 25 hay un derecho proporcional. Antes de los 20 es una mera expectativa. Los trabajadores con menos de 20 años de servicio en la misma empresa debieran pasar del actual sistema al nuevo, con un incremento de la jubilación del IESS, financiado por la nueva contribución de 2% del salario mensual, sea en la misma empresa o en otra. La ventaja es que, en la actualidad, si el trabajador sale de una empresa a los 16 años, por ejemplo, pierde totalmente su expectativa de jubilación patronal. Con la contribución del 2% , no importaría su derecho se mantendría.
Nadie tiene la última palabra. Importa discutir, con argumentos y altura, estos problemas, si no se los encara acertadamente, pueden llevarnos con a una profunda recesión.