La Corte Constitucional (CC) requirió al presidente de la República, Guillermo Lasso, que justifique los dos primeros decretos-ley de urgencia en materia económica. Además fue llamado a comparecer. Eso, a una semana de la disolución de la Asamblea Nacional y el adelanto de elecciones generales.
Se trata del Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, en materia tributaria. Y el Decreto Ley Orgánica Reformatoria para la Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo, que incluye la creación de zonas francas.
Las causas recayeron, respectivamente, en las juezas Alejandra Cárdenas y Karla Andrade. Ellas se encargarán de preparar un proyecto para resolución del Pleno de la Corte. El Gobierno requirió un dictamen favorable de este organismo.
Primeras disposiciones
Después de avocar conocimiento de estos decretos, este jueves 25 de mayo, las juezas constitucionales dieron un plazo de tres días al mandatario para que “remita a este organismo un informe debidamente argumentado y detallado, justificando la urgencia económica” de las propuestas.
Además, Cárdenas convocó para el próximo 6 de junio del 2023, a las 10:30, a una audiencia pública vía telemática, en relación al proyecto en materia tributaria. Mientras, sobre el otro decreto-ley Andrade hizo lo propio para el 8 de junio del 2023, a las 10:00, en la misma modalidad virtual.
A las dos audiencias fue convocado a comparecer el presidente Lasso. En el caso del primer decreto, junto al ministro de Economía y Finanzas; y, al procurador General del Estado. El Servicio de Rentas Internas (SRI) y la plataforma Va por Ti Ecuador fueron los primeros en presentar recursos de “amicus curiae” con sus criterios sobre la reforma tributaria.
En relación al Decreto-Ley sobre inversiones, el Presidente deberá comparecer junto con sus Ministros de Economía y Finanzas y de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, para que se pronuncien respecto de la urgencia económica y sobre la constitucionalidad del referido proyecto.
Inédito escenario
Esta es la primera vez que se aplica este mecanismo en Ecuador. El artículo 148 de la Constitución, en su último inciso, dice que hasta la instalación de la nueva Asamblea, el Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.
El presidente Lasso disolvió al Parlamento “por grave crisis política y conmoción interna” el 17 de mayo. El mandatario enfrentaba un juicio político impulsado por el correísmo y el Partido Social Cristiano (PSC), a los que acusó de boicotear su gestión.
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