Descentralización
Actual Constitución
Hoy, el modelo de descentralización más abierto. Los alcaldes o prefectos pedían la competencia sobre un ámbito determinado y el Gobierno estaba en la obligación de entregárselo.
Por ejemplo, si el Municipio de Guayaquil solicita competencias sobre el transporte urbano, el resto de municipios no tiene que hacerlo de manera obligada. Era opcional.
La propuesta de la Asamblea
Se establece un modelo de descentralización, a través del cual cada gobierno autónomo descentralizado asume lo que la Constitución, la Ley o el Consejo Nacional de competencia le asignen. Este es un modelo por niveles y progresivo.
Es decir, lo que se le entrega a un municipio del país se le tienen que entregar a los 221 municipios.
Y lo mismo con las prefecturas y la juntas parroquiales. El Gobernador regional será elegido por votación popular. Esta autoridad será la encargada de dirigir la elaboración del plan regional de desarrollo y designar a los representantes de las instituciones en los gobiernos autónomos.
Regionalización
Actual Constitución
No son un nivel de gobierno mientras no se constituyan como tal.
Hasta ahora, en el país solo se reconoce cuatro regiones, identificadas principalmente por sus características geográficas. Estas son Costa, Sierra, Amazonía y Región Insular. Únicamente esta última tiene un régimen especial.
La propuesta de la Asamblea
Dos o más provincias con continuidad territorial podrán conformar una región con superficie regional mayor a 20 000 km² y un número de habitantes, que en su conjunto sea superior al 5%.
Se plantea que para esta formación de regiones es principio básico la voluntariedad, cómo quieren organizarse y formar una mancomunidad.
Los habitantes de las provincias aceptarán o no en consulta popular ser parte de esa región. La iniciativa la deberán tomar los prefectos de cada provincia. Luego, un consejo realizará un estudio para determinar su aprobación. La regionalización tendrá un plazo de seis años.
Rentas
Actual Constitución
La asignación de recursos a los municipios y consejos provinciales tiene varias fuentes permanentes y variables.
Entre las permanentes, por ejemplo se halla, el número de pobladores. Entre las variables están el 15% del presupuesto del Estado designado para los organismos seccionales.
La propuesta de la Asamblea
Busca atender los gastos y las necesidades de los gobiernos autónomos descentralizados. Funciona de acuerdo con el cálculo de las necesidades de cada territorio, en relación con la disponibilidad de los recursos.
En ningún caso, la asignación del año en curso no podrá ser menor a la del año pasado. Además, se establecerá un sistema de cálculo que tendrá mucho en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de los cantones y la iniciativa de las autoridades locales para atender con más eficiencia a la población . Asimismo, un consejo se encargará de realizar el cálculo para la entrega de dichos recursos.
Regímenes especiales
Actual Constitución
En la Constitución están establecidos en detalle los gobiernos autónomos. Los gobiernos parroquiales, municipales y provinciales. Quito es el único distrito metropolitano que hay en el país. Los pueblos y las nacionalidades indígenas no pueden tener un gobierno autónomo, aun cuando tengan población mayoritaria dentro de la jurisdicción (provincia o cantón).
La propuesta de la Asamblea
Entre los regímenes especiales están los distritos metropolitanos, el Consejo de Gobierno de Galápagos y las circunscripciones territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubios. Allí regirá un gobierno descentralizado.
Se plantea que en el caso de que no existan el número suficiente para conformar una circunscripción, la autoridad parroquial, cantonal o provincial está obligada a planificar qué hacen con las autoridades de esos pueblos. Con esto no hay intervenciones unilaterales. Se reconoce y garantiza la propiedad imprescriptible de las tierras de las comunas y comunidades.
Las competencias
Actual Constitución
Se establecen competencias que son exclusivas del Gobierno central y otras que son privativas. Las últimas son la defensa nacional, la protección interna del orden público las relaciones internacionales, las políticas económicas… Mientra, para los gobiernos seccionales se establece, principalmente, competencias que guardan relación con los servicios básicos y la vialidad.
La propuesta de la Asamblea
Se definen los sectores privativos. Son aquellos en los que por su naturaleza estratégica de alcance nacional, todas las competencias y facultades corresponden exclusivamente al Gobierno central.
Por ejemplo, la seguridad. También se definen los sectores estratégicos y son aquellos en los cuales el Estado (en sus diferentes niveles de Gobierno) se reserva toda sus competencias y facultades, dada su decisiva influencia económica, social y política. Aparecen las competencias concurrentes, cuya titularidad corresponde a varios niveles de gobierno: municipales, provinciales… Se crea el Consejo Nacional de Competencias.