Perú promulga ley de maltrato animal y excluye corridas toros y peleas gallos

La norma sanciona al que comete actos de crueldad contra los animales con una pena de cárcel no mayor de tres años y con 180 días de multa, así como la inhabilitación temporal o definitiva para la tenencia de animales. Foto Referencial: Wikicommons

La norma sanciona al que comete actos de crueldad contra los animales con una pena de cárcel no mayor de tres años y con 180 días de multa, así como la inhabilitación temporal o definitiva para la tenencia de animales. Foto Referencial: Wikicommons

La norma sanciona al que comete actos de crueldad contra los animales con una pena de cárcel no mayor de tres años y con 180 días de multa, así como la inhabilitación temporal o definitiva para la tenencia de animales. Foto Referencial: Wikicommons

El Gobierno de Perú promulgó el viernes 8 de enero de 2016 una ley que protege la vida y salud de los animales domésticos y silvestres en cautiverio, con excepción de los utilizados en espectáculos considerados culturales como corridas de toros y peleas de gallos, según lo publicado en la gaceta oficial.

La nueva Ley de Protección y Bienestar Animal, que fue aprobada por el Congreso en noviembre pasado, establece los principios, normas y sanciones para proteger a los "vertebrados domésticos y silvestres" al reconocerlos como "animales sensibles que merecen gozar de buen trato por parte del ser humano".

La norma sanciona al que comete actos de crueldad contra los animales con una pena de cárcel no mayor de tres años y con 180 días de multa, así como la inhabilitación temporal o definitiva para la tenencia de animales.

En caso de muerte del animal maltratado la pena de prisión es no menor de tres años ni mayor a cinco, con 150 a 360 días de multa y la inhabilitación para no tener animales a su cuidado.

La ley prohíbe el abandono de animales en la vía pública, su uso en espectáculos en los que se les obligue a realizar actividades que no sean compatibles con su naturaleza y la tenencia, compra y venta para consumo humano de especies que no sean definidas como de granja.

Además, se veta la tenencia de animales silvestres en el hogar a excepción de las especies autorizadas, las cirugías innecesarias de animales de compañía y la explotación indiscriminada comercial.

El trato de animales de granja, vertebrados acuáticos y centros que utilicen especies en actos de experimentación, docencia e investigación se ve también contemplado en la norma.

Asimismo, la nueva ley establece la creación de un Comité Nacional de Ética para el Bienestar Animal, conformado por seis representantes encargados de evaluar los criterios usados por otros comités, basados en criterios aceptados internacionalmente.

La norma sanciona administrativamente a los infractores con una multa, la clausura parcial o total del centro dónde se lleve a cabo la actividad o el decomiso de los instrumentos utilizados en la infracción.

Faculta también a todas las personas para denunciar las infracciones a Gobiernos locales, el Ministerio Público y la Policía Nacional de Perú.

En la ejecución de esas políticas están involucrados los ministerios de Agricultura y Riego, Ambiente, Salud y de Producción, concluye la ley.

Suplementos digitales