El Caso contra el diario La Hora, al margen de las implicaciones respecto a las libertades de expresión y a las garantías constitucionales, obliga a detenerse en una singular disposición de la sentencia judicial que, de no advertirse, podría ser un grave precedente contra derechos elementales del ciudadano. Se obligó judicialmente a que el diario pida ‘disculpas’ al Estado.
Son conocidas las disposiciones relacionadas con el derecho a la rectificación y a las responsabilidades ulteriores que, en el Ecuador, a demás de las civiles, ingresan en el ámbito penal. Por eso y en esta época es notoria la recurrencia oficial en cuanto a los efectos que causan las decisiones judiciales en casos de supuestas injurias o de daño moral. Los expedientes judiciales de El Universo y el Gran Hermano son referentes suficientes tanto en el ámbito nacional como en el mundial. Sin embargo, lo de la ‘disculpa’ pude ser inédito y meritorio para ingresar en los anales del esperpento en el derecho. No debe ser común confundir la aplicabilidad objetiva de una pena y su posibilidad de hacerlo sobre el fuero interno de la persona.
Es explicable que en otras edades jurídicas, particularmente las que correspondieron a la jurisdicción inquisitorial, a los condenados además de la aplicación de crueles penas se los obligaba a la humillación sea de un reconocimiento público del pecado, al extremo que los sentenciados eran exhibidos con el sambenito de su culpa para prevención de futuros transgresores.
Por estos antecedentes sorprende que en pleno siglo XXI y en una nación que se jacta de la modernidad de la justicia exista la posibilidad jurídica de obligar a una disculpa que por su naturaleza puede ser real, fingida o simulada; más aún, si es obligada por la amenaza que emana de un poder omnímodo. En el avanzado siglo XX, sostienen algunas crónicas que en las purgas estalinianas, antes de que los condenados sean enviados al paredón a los hostales de Siberia ‘voluntariamente’ reconocían su culpa por atentar contra los objetivos de la Revolución de Octubre o por ser agentes de agencias de inteligencias externas. Se desconoce si el arrepentimiento correspondía al fuero interno o simplemente un ensayo de atenuante a una implacable pena. Se sospecha que muy adentro seguía latiendo aquella expresión que la tradición sostiene que dijo Galileo ante el terror de la Inquisición, luego de abjurar su teoría heliocéntrica: “E pur si muove”.
Los directores de La Hora apelaron la sentencia y al mismo tiempo pidieron disculpas por informar sobre un producto de origen externo elaborado por Participación Ciudadana. Lo primero, el recurso de apelación, es un derecho procesal, lo otro debe ser considerado como un acto discrecional, salvo que la sentencia también incluya prevenciones de penas en el infierno en caso de no ser obedecida. Lástima que el juvento vetado a la legislatura no haya considerado otras funciones del Estado.