Abel Araujo solucionó su problema de identidad y retornó al D. Cuenca

El delantero Abel Araujo llegó este miércoles 17 de enero al estadio de Paute para observar las prácticas del Deportivo Cuenca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter @DiegoMartinez_C

El delantero Abel Araujo llegó este miércoles 17 de enero al estadio de Paute para observar las prácticas del Deportivo Cuenca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter @DiegoMartinez_C

El delantero Abel Araujo llegó este miércoles 17 de enero al estadio de Paute para observar las prácticas del Deportivo Cuenca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter @DiegoMartinez_C

El delantero esmeraldeño Abel Araujo retornó al Deportivo Cuenca después de firmar un contrato por cuatro años. Así lo anunció el club en su cuenta de Twitter @DCuencaOficial, este miércoles 17 de enero del 2018.

Araujo, de 24 años, estaba suspendido de manera temporal por la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) debido a un supuesto problema de identidad. Por ello, desde octubre del año pasado dejó de jugar. Actuó ocho cotejos y marcó un gol. Llegó al representativo azuayo el 18 de julio del 2017.

El habilidoso futbolista ya se hizo presente en los cotejos amistosos que el plantel cuencano tuvo ante Deportivo Gloria, este 17 de enero en el cantón azuayo de Paute. Allí contó que arregló su contratiempo tras un fallo favorable de la justicia. De esa manera, la FEF levantó la sanción.

El exdelantero de Gualaceo SC, Independiente del Valle, Orense SC, Clan Juvenil y Emelec, dijo que aprovechará al máximo el tiempo perdido y que quiere olvidarse de los momentos difíciles. “Mi meta es cumplir una mejor campaña que el año anterior”. El 2017 fue desequilibrante en el once titular del técnico argentino Gabriel Schürrer.

Vale recordar que, la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación emitió una razón de inexistencia de la partida integra de nacimiento del jugador. Por ello, se sugirió solucionar su problema de identidad en el Registro Civil de su lugar de origen. Él nació en San Lorenzo, Esmeraldas, el 15 de enero de 1994.

Según Araujo, presentó una demanda al Registro Civil, “tuve un juicio y la jueza dictaminó (el fallo) a mi favor y gracias a Dios ya puedo jugar”. El futbolista explicó que, la suspensión fue como “cortarme las piernas”. Él se lamentó que por ese problema no haya podido jugar los partidos decisivos del 2017.

El 10 de agosto del 2018, el Registro Civil del cantón San Lorenzo, extendió la acta de inscripción de nacimiento de Abel Alexander Araujo Cortez. Se procedió a aquello tras la presentación de los documentos habilitantes, que son legítimos y auténticos.

A propósito de los partidos de comprobación, jugados este 17 de enero en el estadio Eduardo Crespo Malo de Paute, los equipos A y B ganaron sus respectivos cotejos ante Deportivo Gloria. Este equipo se prepara para jugar en el fútbol azuayo de Segunda Categoría.

El técnico del ‘Expreso Austral’, el argentino Aníbal Biggeri, empezó a probar al equipo titular para su debut en la Copa Sudamericana. El cotejo será el 13 de febrero ante Sportivo Luqueño, en Paraguay.

Los potenciales titulares son: Brian Heras, en el arco; Jhon Espinoza, Brian Cucco, Matías Contreras y Carlos Cuero, en la defensa; Jhon Rodríguez; Marco Mosquera, Bryan Carabalí y Facundo Melivillo, en el medio campo; Edison Preciado y Emiliano Bonfigli, en la delantera. Ganó 1-0 con gol de Carabalí.

El equipo B, estuvo integrado por Rubén Lajones; Gustavo Vallecilla, Rubén Canga, Anthony Bedoya y Fabricio Bagüí; Dennis Quiñónez, Diego Pauta, Óscar Jaramillo y Juan Rojas; Renato Cabezas y Jacson Pita. Este conjunto venció 4-0 con tantos de Jaramillo (2), Juan Diego Rojas y Daniel Porozo.

Con la incorporación de Araujo quedó descartada la posible vinculación de Washington Vera, integrante de Barcelona. Se conoció que no habrá más contrataciones.


Rectificación solicitada por Mariana Bravo, directora de Comunicación Social del Registro Civil

Señor director, bajo el Título “Abel Araujo solucionó su problema de identidad y retornó al D. Cuenca”, el medio que usted dirige publica el 17 de enero del año en curso, una información imprecisa pues no ha sido verificada, ni contratada, firmada por el redactor Manuel Quizhpe.

Al referirse a la suspensión del jugador, asumida por la Federación Ecuatoriana de Fútbol, el periodista relata que se debió a un “supuesto problema de identidad”. Tal afirmación es falsa, pues ni ese organismo ni Registro Civil actúan en base a supuestos, sino en base a hechos.

El redactor añade: Según Araujo, presentó una demanda al Registro Civil, “tuve un juicio y la jueza dictaminó (el fallo) a mi favor…”.

Al respecto debo manifestar lo siguiente. La Dirección de Investigación Civil y Monitoreo, perteneciente a la Dirección General de Registro Civil, Digercic, en el marco del Convenio de Cooperación con la FEF, emitió el informe técnico-jurídico signado con el número 1771, el mismo que se encuentra debidamente documentado y motivado, en el cual se ha logrado determinar que el señor Araujo Cortez Abel Alexander, se habría identificado con una identidad inexistente y que se habría federado con una partida de nacimiento que nunca fue emitida por la entidad, y que no reposa en los archivos institucionales, por lo que a los ojos del órgano rector de la identidad, se trataría de un hecho presuntamente fraudulento que debe ser investigado por las autoridades pertinentes.

La jueza de la Unidad Judicial de la Familia del cantón San Lorenzo ha dictado, pocos días atrás, una sentencia disponiendo a la Digercic: “Se registre la inscripción tardía de nacimiento del señor Araujo Cortez Abel Alexander”; y en este sentido el señor Estuardo Quiñónez Arroyo solicitó como pretensión, entre otras, la inscripción tardía de nacimiento del mencionado jugador.

La Digercic ha dado cumplimiento a la disposición de la señora jueza, en tanto y en cuanto se refiere a la inscripción de nacimiento en el sentido literal de la disposición “…se dispone y ordena la obligatoriedad de la inscripción en el Registro Civil…” De esta manera el jugador ha cumplido con lo que dispone la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, artículo 31, inciso final, que dice: “Para el caso de personas mayores de 18 años, la inscripción de su nacimiento se efectuará mediante vía judicial”. Esto procede para las inscripciones extraordinarias o antes conocidas como tardías en las que se encontraba el jugador.

Con estas consideraciones solicito, en base a los artículos 22 y 23 de la Ley Orgánica de Comunicación, proceda a rectificar la mencionada información a través de los emdios impresos o digitales donde fue publicada la nota periodística, “…de forma gratuita, con las mismas características, dimensiones y en el mismo espacio, sección u horario…”

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