Por la presente me permito hacer algunas aclaraciones al editorial publicado por el Dr. Antonio Rodríguez Vicéns en Diario EL COMERCIO en la edición de 8 de marzo de 2016. Bajo el título “Degradación de la Justicia” el editorialista, realiza una serie de aseveraciones dirigidas a menoscabar la imagen de la Función Judicial del Ecuador, del Consejo de la Judicatura y del servicio que se presta día a día a las y los usuarios del país.
En efecto el Dr. Rodríguez denuncia el supuesto sometimiento de los jueces, dándoles la condición de “simples firmantes de providencias que no leen”, se refiere al modelo de gestión de la justicia reduciéndolo a un acto de “febril apresuramiento”. El articulista asegura que el fin del Consejo de la Judicatura es controlar a los jueces para desechar la mayor cantidad de juicios “usando la mediación con violación de la Ley y prescindencia de la voluntad de las partes”, entre otras aseveraciones que configuran una opinión parcializada y alejada de la realidad.
Tenemos que admitir que cuando existe libertad para opinar, estas cosas se pueden decir, sin que eso signifique que son ciertas. Por ello, para quienes soñamos con una administración de justicia digna y llegada la hora de responsabilizarnos con los compromisos de cambio, lo hicimos; asumimos que se afectarían intereses, sobre todo de aquellos que operaban en un sistema de justicia pernicioso, tramposo, que retardaba los juicios y que era rechazado por todos. Tenemos que recordar que hasta el año 2013 la ciudadanía percibía a la justicia como uno de los peores servicios públicos del país y eso, a la presente ha cambiado.
Las juezas y jueces de nuestro país en la actualidad acceden al cargo luego de un exigente proceso de selección, rinden exámenes donde se prueban sus conocimientos, no son jueces nombrados. Por si fuera poco, se someten a un proceso de impugnación pública que una vez superado, legitima su condición de administradores y administradoras de justicia.
El modelo de gestión de la Función Judicial, promueve la eficiencia, la calidad y la rapidez del servicio. Es bueno recordar que el eje del servicio de justicia es la ciudadanía, son las y los usuarios que antes debían esperar años para obtener sus sentencias luego de un desgaste emocional, económico y de tiempo muy grande. La reforma judicial está propiciando condiciones que aseguren la transparencia en la gestión de la y el juzgador. Los procesos son públicos y cualquier persona puede generar nuevas costumbres. Hoy en día los operadores del sistema no pueden reunirse en “privado” con los jueces; con la vigencia del COGEP, los abogados patrocinadores deberán preparar la defensa oral de sus clientes y lo harán en vivo y en directo; con ello, superamos la era de los escritos inútiles y ampulosos que sólo buscaban generar incidentes para retardar los procesos.
Respecto de la mediación, el editorialista no cayó en cuenta que no todo conflicto jurídico se debe resolver con un juicio; se recomienda leer los artículos 11 y 190 de la Constitución de la República. Lo pernicioso es condenar a la ciudadanía a iniciar procesos judiciales cuando existen otros mecanismos que se aplican para determinadas materias y que son más rápidos y efectivos. Eso es la mediación, un servicio que puesto a disposición de la ciudadanía asegura la resolución de conflictos en tiempos menores, evitando la parte más cruel de la administración de justicia que es el desgaste emocional y los altos costos por honorarios. También debemos informar al editorialista que la mediación es por esencia un procedimiento voluntario. Cuando un juez o jueza deriva una causa, lo hace en función de los intereses de las partes, para resolver el conflicto de manera más sencilla y rápida. Las partes siempre tendrán el derecho de aceptar o no la derivación para mediación.
Por si esto fuera poco, y en función de la referencia que el Dr. Rodríguez hace de un sinnúmero de hechos procesales, la ciudadanía debe saber que con el fin de asegurar la eficiencia del servicio y la integridad ética de las y los operadores de Justicia, existe un sistema de control disciplinario establecido precisamente para asegurar la transparencia de la gestión.
Cualquier persona que se sienta afectada por lo que pueda considerar una práctica judicial no deseada, la puede denunciar, para ello se abre un proceso de investigación que determina responsabilidades; el Consejo de la Judicatura toma las medidas que corresponden en el marco de la garantía del debido proceso.
Estamos conscientes que todo proceso de cambio genera ondas, no todos pueden estar de acuerdo dependiendo de sus intereses; por ello, es bueno sondear la opinión de las y los usuarios que son la razón de ser del nuevo sistema de justicia. Basta decir que en mediación ochenta y seis de cada cien conflictos jurídicos se resuelven con un acuerdo que lo soluciona de forma efectiva. Este servicio y los demás que prestan el Consejo de la Judicatura y la Función Judicial satisfacen a la ciudadanía; por ello, continuaremos prestándolos.