El Tribunal Contencioso Electoral decidirá validez del padrón
Paúl Rivas / El Comercio La audiencia en el TCE duró cinco horas ayer. Néstor Marroquín (izq.) y funcionarios del Registro Civil acudieron.
La audiencia duró cinco horas. En la sala del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), en el norte de Quito, Néstor Marroquín y el Registro Civil (RC) expusieron sus argumentos a favor y en contra de la validez del padrón electoral que será utilizado en las votaciones del 19 de febrero del 2017.
Marroquín, exauditor informático acreditado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y actual candidato en Pichincha por Sociedad Patriótica, demandó al Registro Civil por
supuestamente haber incurrido en dos delitos electorales: no haber entregado oportunamente la información al CNE y no haber depurado el padrón electoral.
“Si llegamos a probar que el registro electoral no refleja la realidad pondría en riesgo las elecciones”, advirtió Marroquín. El artículo 143 del Código de la Democracia, en su inciso tercero, establece la nulidad de las elecciones en caso de que se compruebe la suplantación, alteración o falsificación del registro electoral.
La demanda se fundamenta en los informes técnicos de los auditores que participaron en la depuración del padrón. Según Marroquín, existen cuatro inconsistencias en la base de datos del Registro que afectan la validez del padrón.
Existen personas con doble cédula de ciudadanía, fallecidos no registrados, cédulas con series anuladas y números de cédulas no asignadas.
Marroquín dijo haber recopilado 104 denuncias ciudadanas de personas fallecidas que están habilitadas para votar en febrero. Y que, además, el Frente Cívico Rumipamba ha recolectado otros 389 casos.
Entre sus pruebas estuvieron los correos electrónicos con las denuncias, algunas actas de defunción de Guayaquil y Cuenca, y los datos levantados para demostrar, por ejemplo, la duplicación de cédulas.
El Registro Civil, por su parte, a través de su abogado Juan Pablo Álava, fue rebatiendo uno a uno los argumentos y pruebas presentadas por Marroquín, el miércoles 1 de enero.
El mismo director de la institución, Jorge Troya, recordó el martes que desde el cierre de la base de datos, el 15 de septiembre, han fallecido alrededor de 18 000 ciudadanos, que constarán en el padrón. Pero aclaró que esto no implica que vayan a sufragar.
En la audiencia oral de prueba y juzgamiento participaron cinco testigos por el Registro y uno por el demandante.
Álava llamó a testificar a Yamila Daraio de la Dirección de Investigación Civil y Monitoreo, a Claudio Prieto de la Subdirección General y a Manuel Plasencia de la Dirección de Soporte e Interoperabilidad. Todos funcionarios del RC.
Y del CNE convocó a Diego Tello, coordinador Nacional de Procesos Electorales, y a Wilson Hinojosa, director de Registro Electoral.
Mientras que Nelson Rivadeneira, abogado de Marroquín, convocó solo a Hinojosa.
Álava cuestionó las evidencias presentadas por la parte acusadora, se trataban -dijo- de “seudoinformes” sin validar, sin documentación oficial, es decir, documentos “fácilmente adulterables”, que estaría induciendo al engaño.
Tanto Álava como el mismo Marroquín recordaron que el auditor también fue director de Coordinación de Gestión Tecnológica del Registro Civil entre 2007 y 2008.
Marroquín dijo que desde entonces viene denunciando las irregularidades en la base de datos del Registro y que dichas inconsistencias son las que se mantienen hasta ahora.
Álava respondió que no se puede comparar una base de datos de hace ocho años con la actual. Y advirtió que Marroquín estaría beneficiándose de la información que obtuvo como funcionario público.
Los funcionarios del Registro Civil que testificaron argumentaron que sí se revisaron los informes técnicos de los auditores de los partidos y movimientos acreditados ante el CNE. Pero que las recomendaciones hechas no son disposiciones para la institución.
Prieto dijo que, esa vez, los auditores solo remitieron listas con números de cédulas, que fueron revisadas. Y que no hay una normativa que establezca que ciertos números no puedan utilizarse, que sin una resolución de la autoridad competente no se puede declarar la nulidad de ningún número y que sin el registro legal de defunción no se puede declarar muerto a nadie.
Para Álava, la responsabilidad de cualquier inconsistencia y subregistro recae sobre la ciudadanía, que no registra debidamente los acontecimientos. Ahora, el TCE tiene 30 días para resolver la causa.