Las deudas del Estado con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) forman parte del proyecto de Código Monetario y Financiero, que se discute en la Asamblea.
Históricamente el Estado ha acumulado deudas por dos contribuciones que debe realizar a la entidad. La primera es el aporte del 40% para el pago de pensiones de los jubilados del IESS. La segunda es el pago de los gastos de atención médica de jubilados y personas con enfermedades catastróficas.
En los últimos años se ha puesto al día en el pago del 40% de pensiones. Pero en los temas de salud, según datos provisionales del IESS la deuda, que se arrastra desde el 2002, llega a USD 1 422 millones hasta diciembre del año pasado. Actualmente, el IESS y el Ministerio de Finanzas realizan una auditoría al tema para definir el monto definitivo a pagar.
Pero el proyecto establece, en la disposición reformatoria cuarta, numeral 9, la eliminación del pago de multas, recargos e intereses de mora en las contribuciones que adeude el Estado al IESS. En lugar de ello, dice el proyecto, se pagará la tasa de rendimiento promedio ponderado de cada año de las inversiones del Biess.
El tema genera preocupación desde distintos sectores. Para el representante de los empleadores ante el Directorio de la entidad, Felipe Pezo, la propuesta “es inconstitucional, afecta la sostenibilidad del sistema y va contra todo principio de aplicación de la Ley”.
En una carta enviada a la Asamblea, al presidente Rafael Correa y a las Federaciones de Cámaras, el pasado 4 de julio, el funcionario señaló que el Código Monetario, aun cuando tenga el carácter de orgánico, no puede eximir al Estado de una obligación establecida constitucionalmente.
Su argumento es que el artículo 371 de la Constitución señala que “los recursos del Estado destinados para el seguro universal obligatorio constarán cada año en el Presupuesto del Estado y serán transferidos de forma oportuna”.
Además, señala que la propuesta atenta contra el principio de igualdad. “¿Cómo el IESS puede cobrar multa, recargos e intereses de mora a unos obligados y no a otros?, dijo Pezo en relación a los empleadores morosos.
Estos últimos deben pagar multas e intereses equivalentes a 13,33% (multa del 4% más intereses por obligaciones vencidas para cuyo cálculo se aplica la tasa de interés máxima convencional del Banco Central del Ecuador (BCE) y que para este mes fue del 9,33%).
El monto es menor al propuesto en el proyecto de Código Monetario, ya que, por ejemplo, en el 2013 la tasa de rendimiento proyectado del Biess alcanzó 8,6%.
Para el jurista y exdirector del IESS, Marco Morales, tan deudor es el patrono que no paga sus aportes como el Estado que no paga sus deudas con el IESS. “No se puede romper el principio de igualdad”.
Además, señaló que el cobro de multas e intereses garantiza la sostenibilidad del sistema.
En el mismo proyecto de Código se fija la posibilidad de “requilidar” los valores por multas e intereses de mora cancelados en períodos anteriores.
Si la diferencia es a favor del IESS, el Estado podrá pagar en efectivo o bonos y, si es a favor del Estado, el IESS deberá devolverle el valor.
Para Pezo, una ley no puede ser retroactiva. Además, dice, los valores ya se han destinado al pago de prestaciones a favor de los afiliados.
Édison Lima, representante de los jubilados, señaló que se “tiene que cobrar capital e intereses por mora y ninguna autoridad puede cambiar esto. No se puede perjudicar al IESS o a los afiliados”.
Frente a estas dudas, Diego Martínez, presidente del Directorio del Banco Central, dijo que se busca “una regla clara, porque la Constitución de 1998 habla de intereses y multas y la Constitución del 2008 no establece intereses y multas”.
Además, señaló que no se debe confundir la mora patronal (por los aportes a los afiliados que realiza el Estado por los empleados públicos) con las contribuciones. “No es una mora patronal, sino una contribución respecto a jubilaciones y pensiones”.
Para no afectar al IESS, insistió en que dado que no existe la obligación de pagar intereses y multas, se pagará en las liquidaciones una tasa de acuerdo a la rentabilidad que tiene el portafolio de inversiones.
Otro artículo que preocupa del proyecto es el que establece la conformación del Directorio del Biess con cinco representantes (tres del Ejecutivo, uno de los afiliados y uno de los jubilados).Para Pezo y Morales, la propuesta rompe la autonomía de la entidad.
Pero la Comisión de lo Económico sugiere que se mantenga la actual conformación (dos miembros del Ejecutivo, uno de los afiliados y uno de los jubilados).