Estos son los cinco ejes de la reforma laboral

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) tiene previsto reunirse la tarde de hoy, 24 de febrero del 2016, para calificar el proyecto de Ley Orgánica para la Optimización de la Jornada Laboral y el Seguro de Desempleo.

El CAL también decidirá a qué comisión irá el documento para su tratamiento. El Gobierno anticipó que iría a la Comisión de los Derechos de los Trabajadores. Esto ocurre un día después de que el Ejecutivo entregara el documento a la Asamblea.

El proyecto, de carácter económico urgente, tiene cinco ejes: jornada laboral reducida, jornada laboral extendida, contratación juvenil, cambios a las pasantías y el seguro de desempleo. A continuación se detalla los puntos claves de cada tema:

Seguro de Desempleo

El proyecto sustituye la actual cesantía que ofrece el IESS por el seguro de desempleo. Este beneficio irá destinado a los afiliados a la seguridad social que pierdan su trabajo y podrá cobrarse luego de encontrarse tres meses en el desempleo.

El pago, que durará cinco meses, corresponderá a un porcentaje del salario promedio mensual que venía percibiendo el trabajador durante los últimos 12 meses. El porcentaje se irá reduciendo a medida que pasen los meses de acuerdo a una tabla que arranca en el 70% y termina en el 50% de la remuneración.

Para financiarlo, el aporte de la cesantía, que hoy es del 3% del salario, se redistribuirá en dos partes. El 1% irá a alimentar un fondo solidario para cubrir el pago mensual a los desempleados y el 2% restante irá a una cuenta individual del afiliado. Actualmente, el 3% va a la cuenta individual del afiliado, por lo que la reforma supondrá a futuro una reducción del ahorro por cesantía.

El cambio rige a futuro y establece que el saldo de los fondos de cesantía acumulados hasta antes de la vigencia de la ley se mantendrá en su totalidad en dichas cuentas y se pagarán a solicitud del desempleado, una vez cumpla los requisitos establecidos.

Jornada laboral reducida

El proyecto contempla la posibilidad de que las empresas, en crisis, puedan reducir las horas de trabajo, previo acuerdo entre las partes, hasta en un 25%. Con ello, la jornada podría bajar de 8 horas diarias actuales hasta 6 diarias. Solo se pagará por las horas efectivamente laboradas.

El aporte patronal del empleador que acepte la jornada reducida se pagará sobre el 100%; es decir, como si el trabajador hubiera laborado las 8 horas.

El empleado, en cambio, aportará solo sobre las horas efectivamente laboradas.

Jornada laboral extendida

La reforma propone horarios extendidos de trabajo, que se fijarán, previo acuerdo entre las partes, en razón de la naturaleza del trabajo y de acuerdo a la normativa que dicte el Ministerio del Trabajo.

La jornada podrá exceder las actuales ocho horas diarias, siempre que no supere el máximo de 40 horas semanales o las 10 horas al día. Los horarios a laborar se podrán distribuir de manera irregular en los cinco días laborables de la semana.

Contratación juvenil

El proyecto introduce la figura de contrato juvenil. Para incentivarlo, el Estado plantea cubrir el aporte a la seguridad social que le correspondería al patrono cuando se contrate a personas de entre 18 y 24 años, sin experiencia laboral previa. El aporte del Estado se dará siempre y cuando el trabajador gane hasta dos salarios básicos unificados. Otro requisito para el aporte estatal es que la contratación juvenil no supere el 20% de la nómina estable de los trabajadores de cada empresa.

Cambio a los ingresos que perciben los pasantes

El proyecto de norma también modifica la Ley de Pasantías para que ya no se pague un salario a este tipo de personas sino un estipendio que se acuerde entre las partes, aunque habrá la obligación de que se les afilie al seguro.

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