El Presidente dijo estar arrepentido por haber permitido la resistencia en la Carta Magna. Foto: Archivo /El Comercio
El derecho a la resistencia, consagrado en el artículo 98 de la Constitución, no es la única incomodidad que vive el Régimen ante la Carta Política que él mismo escribió. Se suman a la prohibición constitucional del uso de transgénicos, las acciones de protección y las medidas cautelares -su abuso, en palabras del Gobierno- de los cuales Carondelet ha encontrado reparos y un obstáculo para su gestión.
Aunque no tienen visos de modificarse, como sí ocurre con las 16 enmiendas, entre las cuales están reducir competencias a la Contraloría, limitar las consultas de gobiernos seccionales o la comunicación como servicio público.
El sábado, el presidente Rafael Correa dijo estar arrepentido por haber permitido a Alberto Acosta, entonces presidente de la Asamblea Constituyente, incorporar la figura de la resistencia.
Según la Constitución de Montecristi, los individuos y los colectivos tienen la posibilidad de ejercer la resistencia frente a “acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”.
En el artículo 111, además, se reconoce el derecho a la oposición para las organizaciones políticas reconocidas por el Consejo Nacional Electoral.
Han sido los colectivos indígenas, fundamentalmente la Ecuarunari, los que se han declarado en resistencia ante lo que consideran esa vulneración de derechos, por ejemplo ante el Decreto 016. Este obliga a toda organización a inscribirse en un sistema único. Para ellos, se vulnera sus tradiciones ancestrales, también reconocidos en el capítulo cuarto de la Carta de Montecristi. Y este Decreto fue, junto al archivo de las enmiendas, unas de las principales demandas en las movilizaciones de agosto.
Para Correa, “cerrar carreteras, llamar a la violencia, a la toma de carreteras para imponer su agenda política, no es derecho a la resistencia”. Acosta respondió, mediante su cuenta de Twitter, que “la Constitución no fue traje a la medida de Correa, el caudillo del siglo XXI, por eso le incomoda el derecho a la resistencia”. También mencionó que este punto es una conquista democrática.
El constitucionalista Santiago Guarderas explicó que cuando se expidió la Constitución, en el 2008, se proclamó que iba a ser una carta garantista de derechos, consagrados desde la época de la República; y estos incluyen resistirse a las acciones que van en contra de estos. Para él, el Gobierno “encontró candados que en el ejercicio del poder afectaban a la concentración de poderes”.
A decir del asambleísta oficialista, Virgilio Hernández, que se planteen enmiendas no quiere decir que la Constitución haya perdido significado ni vigencia. Los cambios, dijo, son necesarios en el marco del tiempo, “porque el tiempo es un factor determinante en la política y en las condiciones de la democracia de ahora son necesarias algunas precisiones que ayudarían a mejorar al desenvolvimiento democrático”.
Sobre el derecho a la resistencia, para Hernández, las condiciones de la lucha social son distintas a las de hace 10 años. Y que hay una falta de claridad política para establecer las mismas estrategias de lucha que en gobiernos neoliberales y no aplicarse como justificativo para “violentar el orden”.
Por otra parte, en noviembre del 2010, el secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, alertaba en un oficio del “abuso ilegítimo de la acción de protección de medidas cautelares”. Por eso, en el paquete de enmiendas, se pretendía incluir un inciso que sostenía que la Ley regulará los casos en los cuales se abuse de esta acción. Este fue el único punto que la Corte Constitucional dijo que su reforma exigía una Asamblea Constituyente.
Para el asambleísta opositor, Luis Fernando Torres, el garantismo -y esta es una Constitución calificada de garantista- implica que existe protección constitucionales para proteger los derechos, solo consta en el papel. “En la práctica es lo que menos existe. Hemos podido observar que desde que entró en vigencia la Constitución de los ciudadanos no han podido activar las garantías para defenderse. Tenemos un Estado que ‘aplasta’ los derechos.
Pero añade que “el derecho de resistencia a la opresión ya fue debidamente articulado por Santo Tomás de Aquino, y es el derecho natural. Por eso si existe o no en la Constitución es un derecho humano”. Por lo tanto, no se puede hablar de mal uso ni de abuso porque, según Torres, estas son mayormente negadas en tribunales.
Otro tema que tocó el Presidente es el candado que fija la Constitución sobre el uso de transgénicos. En esta se declara al Ecuador “libre de semillas transgénicas”. Sobre este punto el cuestionamiento es que lo que establece el artículo 401 limita la posibilidad de investigación científica. En el 2012, Correa sostuvo que la prohibición de los cultivos transgénicos era un error: “las semillas genéticamente modificadas pueden cuadruplicar la producción y sacar de la miseria a los sectores deprimidos”.
Este paquete de enmiendas no es el único que prepararía AP. Sin embargo, según Hernández, aún no hay nada oficial.