Para evitar problemas legales está vigente el silencio electoral hasta las 17:00 de este domingo 2 de abril. Foto Archivo: Mario Faustos / EL COMERCIO
En el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se establecen cuatro delitos electorales con penas privativas de libertad. En la sección décima de los delitos de Responsabilidad Ciudadana también se aclara que los funcionarios públicos tendrán sanciones adicionales.
Infografía de los delitos electorales regulados en el Código de la Democracia. Fuente: Código de la Democracia/ Ilustraciones: Jorge Cevallos / EL COMERCIO
Desde el artículo 331 hasta el 334 se habla de la obstaculización del proceso electoral, sustracción de papeletas electorales, falso sufragio y fraude electoral.
En el primer y cuarto caso hay una sanción adicional. “Si la persona responsable es una o un servidor público quedará, además, inhabilitada para ejercer cargo público por el doble del tiempo que dure la pena privativa de libertad”, indica el COIP.
La abogada penalista Paulina Araujo señaló que mañana, día de elecciones, confluirán varias regulaciones sobre elecciones. Las más graves están penalizadas por el Código Penal, y hay otras sanciones administrativas que se regulan, por ejemplo, en el Código de la Democracia.
Mañana, 2 de abril de 2017, estarán operativos fiscales de flagrancias a cargo de iniciar las acciones legales en casos de delitos. Los funcionarios judiciales permanecerán en las Unidades de Flagrancia y los procedimientos serán los rutinarios, igual que sucedió el pasado 19 de febrero durante la primera vuelta.
Así lo explicaron el miércoles después de la capacitación que recibieron en la Fiscalía General, en Quito. En la cita los funcionarios del CNE y del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) les explicaron cuáles son las contravenciones, infracciones y delitos que podrían ocurrir y cómo proceder.
Esta aclaración se dio después de que la autoridad electoral anunciara que esta vez trabajarán en coordinación cercana con la Fiscalía y la Policía Nacional para evitar las contravenciones e infracciones electorales que se puedan suscitar durante el balotaje.
Y que el titular del CNE, Juan Pablo Pozo, advirtiera cuáles son especialmente los delitos penales tipificados. Cuando son delitos flagrantes, los implicados serán detenidos para enfrentar un proceso legal.
En el caso de las infracciones electorales recibirán una citación. La boleta se envía a la delegación provincial. El proceso se puede tramitar en esa instancia o en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
La especialistas Araujo explicó que las manifestaciones pacíficas no están sancionadas con prisión por el COIP. Sin embargo, señaló que dentro de las manifestaciones podrían producirse infracciones como campaña política.
También se podrían utilizar los artículos que penalizan los delitos contra la estructura e Estado como sabotaje o rebelión que son sancionados con cárcel hasta por siete años. Estos figuras legales ya se han usado para acusar a participantes de manifestaciones contra el Régimen.
El presidente del CNE, Juan Pablo Pozo, también se refirió a la posibilidad de tomar fotografías de la papeleta electoral. En un principio, el 27 de marzo, sostuvo que “no se pueden fotografiar el voto. Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto sabrán tomar alguna acción en el momento de que esto se de”.
Un día después, el titular del CNE comentó que no se infringe ninguna normativa legal si alguien toma una fotografía de su sufragio. Aunque no es una infracción electoral , dijo que se debe repudiar cualquier tipo de presión para obtener beneficios por presentar el voto a favor de determinado candidato. En Ecuador está garantizado el voto obligatorio, secreto y universal.
Para evitar problemas legales, recuerde que entre otras prohibiciones, está vigente el silencio electoral hasta las 17:00 de este domingo. La prohibición de comercializar y consumir bebidas alcohólicas se extiende hasta el lunes 3 de abril al mediodía.