En la comercializadora Congas, en Guajaló, se emiten facturas físicas desde el 2015. Foto: Mayra Pacheco / EL COMERCIO
La emisión de facturas electrónicas por la compra de gas licuado de petróleo (GLP) o gas doméstico no es aún una práctica común, pese a que desde el 1 de enero de este 2020 se encuentra vigente esta disposición del Servicio de Rentas Internas (SRI).
En un recorrido que realizó este Diario la semana pasada por siete sitios que comercializan este producto en Quito, se constató que la venta se hace sin emitir este comprobante electrónico. Solo en un local, en Guajaló, se entregaban estos documentos, pero en físico (facturas impresas).
Luego de 28 años de vender este derivado sin emitir facturas, Édgar Falcón, propietario de un local en Santa Rita, comentó que está realizando los trámites para acatar esta nueva disposición del SRI.
En Guajaló, en los depósitos del centro de acopio Congas y de Digas, se encuentran también en el mismo proceso.
Álex Paspuel, representante de la comercializadora Congas, mencionó que en este establecimiento el cambio implicará ajustes en el programa informático que utilizan para facturar electrónicamente a los clientes que compran por mayor. Los que adquieren el producto por unidades reciben desde el 2015 solo comprobantes físicos.
La Asociación de Distribuidores de Gas Luz de América informó que alrededor de 350 socios se encuentran en capacitación con el SRI para incorporar este mecanismo en sus procesos. La meta es tener los conocimientos y los equipos configurados para entregar las facturas electrónicas a partir de febrero próximo, expresó Gustavo Moncayo, presidente de este gremio.
Aparte de estas gestiones, Moncayo refirió que este proceso demanda también de la colaboración de los clientes, que deben proporcionar sus datos para recibir este producto. “A las personas que no se identifiquen no se les podrá vender este combustible”.
El reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Complementarios establece que los clientes que compren GLP deben dar de forma obligatoria sus datos para recibir una factura electrónica.
Esto implica entregar su nombre, número de cédula, dirección, teléfono y correo electrónico, como se hace cuando se adquiere cualquier otro producto o servicio.
Para este tipo de transacción no se puede solicitar la factura a nombre de consumidor final. “En la venta de gas licuado de petróleo es obligatorio que en todo comprobante que se emita se llene el número de la cédula de identidad o ciudadanía del adquirente”, recalcó el SRI.
Mario Moreno, quien usualmente adquiere un tanque de gas para usarlo en la cocina, contó que inicialmente le resultará nuevo recibir una factura electrónica por la compra de este producto, pero cree que a la final se acostumbrará. “A veces uno sale apurado a comprar el gas, pero habrá que cumplir con las disposiciones”.
Con este tipo de mecanismo se podrá controlar y formalizar la venta de este combustible. “Esto permitirá evidenciar a quién se vende este producto y cuántos cilindros de este producto que es subsidiado, adquiere cada persona”, mencionó José Franco, director de control técnico de Combustibles de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH).
Para conocer los detalles del consumo, en la factura se deberá desglosar las unidades que se adquieren y el impuesto al valor agregado (IVA), que genera cada una. A la final, el precio de cada unidad será USD 1,60, en los depósitos.
Mientras tanto, los conductores que entregan este producto a domicilio deberán incluir el valor del cilindro de este derivado, el IVA de este producto, más la tarifa del servicio que presta, informó el SRI.
Las facturas electrónicas de estas transacciones serán remitidas vía correo electrónico a cada contribuyente. Pero en el caso de que el comprador no cuente con e-mail el distribuidor deberá entregar un comprobante electrónico físico, conocido como representación impresa del documento electrónico (RIDE).
Los establecimientos que no cumplan con estos procedimientos pueden ser sancionados con la clausura de su actividad económica durante siete días, la primera vez. Y si es reincidente se podría cerrar hasta de manera definitiva el depósito de gas, según la normativa del SRI.
Los distribuidores que no respeten el precio oficial del GLP de USD 1,60, incluido IVA, están también expuestos a sanciones. En este caso, la normativa de la ARCH establece multas desde 25 remuneraciones básicas unificadas. Es decir, USD 10 000. Hasta mediados de este mes, cuatro establecimientos fueron sancionados por este motivo.
No olvide
El vendedor no puede entregar el producto si el cliente no entrega datos que permitan su identificación.
El comprador debe proporcionar su nombre, cédula de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico.
En la factura se debe desglosar el precio del gas, USD 1,43, más USD 0,17 del IVA. El precio final será USD 1,60.
Los distribuidores que entregan este derivado a domicilio deben incluir en la factura la tarifa de su servicio.
En contexto
La resolución 431 del 2018 del Servicio de Rentas Internas (SRI) establece que desde enero del presente año las personas que se dedican a esta actividad económica deben emitir facturas electrónicas por la compra de gas.