“La Corte evidenció que tal y como se han propuesto los textos, no cuentan con apego constitucional estricto, debiendo el legislador realizar una reformulación, y en ella, garantizar los derechos y principios involucrados”, informó el organismo en un comunicado. Foto: Archivo EL COMERCIO
La Asamblea Nacional deberá reformular 11 disposiciones del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, según un dictamen de la Corte Constitucional (CC).
“La Corte evidenció que tal y como se han propuesto los textos, no cuentan con apego constitucional estricto, debiendo el legislador realizar una reformulación, y en ella, garantizar los derechos y principios involucrados”, informó el organismo en un comunicado.
El documento, que fue divulgado el 20 de marzo de 2019, apunta a que, en lo concerniente al recurso de revisión en materia no penal, “se deberá garantizar que las causales y el plazo de interposición no generen inseguridad jurídica”.
Además, que “en la orden de apremio personal por falta de pago de pensiones alimenticias, resguardar que no se extienda a otras materias, como la manutención, conforme el estándar jurisprudencial sobre esta materia”.
Y que en la ejecutividad de los actos administrativos y el cobro de créditos fiscales, se deberá “precautelar el principio de eficacia y financiación de la administración pública”.
El Ejecutivo había remitido su objeción por inconstitucionalidad a 50 disposiciones de este proyecto de Ley, aprobado en el último trimestre del año pasado por la Asamblea. Sin embargo, la Corte declaró que para 38 de esas no procede, y por tanto, deben continuar el trámite parlamentario para su promulgación.
En términos generales se dictaminó que los aspectos eminentemente procedimentales corresponden a la facultad de libre configuración legislativa, asuntos como: la acumulación de acciones, la ampliación de la demanda y de su contestación, el abandono de causas, entre otros.
Entretanto, la Comisión de Participación Ciudadana se instaló hoy, 22 de marzo de 2019, para analizar el informe sobre la Objeción Parcial del Ejecutivo al Proyecto de Ley de la Defensoría del Pueblo, que también requirió un pronunciamiento de la Corte.
A su vez, la Comisión de Derechos Colectivos dejó listo el informe no vinculante de la objeción parcial del Ejecutivo, y por inconstitucionalidad, al proyecto de Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores.
En este caso, la Comisión acogió el dictamen de la Corte Constitucional al artículo 14 del proyecto en el cual propone que toda persona que ha cumplido 65 años de edad y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de impuestos fiscales y municipales.