Luis Chiriboga, presidente de la FEF (derecha), en la suspensión de la elección del nuevo presidente de la Ecuafútbol. Foto: Mario Faustos / EL COMERCIO
Manuel Ruiz, juez de la Unidad Multicompetente de Santa Ana, Manabí, decretó improcedente el pedido del Centro de Alto Rendimiento Sandino.
Esta mañana (16 de enero del 2014) se instaló la audiencia en contra de la Ecuafútbol en el Palacio de Justicia de Portoviejo con los abogados representantes de las partes. Los alegatos se iniciaron con la intervención del abogado Édison Gracia quien ratificó el derecho del Sandino a la Acción de Protección.
En la réplica, Roosevelt Cedeño, abogado de la Ecuafútbol, solicitó que se declare improcedente la Acción de Protección interpuesta por el club manabita. Después de esto, intervino el representante de la Procuradoría General del Estado.
Siguiendo el proceso de la audiencia, los abogados de las partes implicadas replicaron las mutuas intervenciones. Édison Gracia, insistió en que el Juez ratifique la Acción de Protección por “vulnerar los derechos del club”. Pero, en la réplica, el síndico de la Ecuafútbol pidió al Juez que desestime la Acción de Protección y que permita el proceso de elecciones del máximo organismo rector del balompié nacional.
El juez Ruiz solicitó cinco minutos para dar a conocer su dictamen, en el cual expresó que considera que la petición del Sandino “no cumple los requisitos del artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, por lo que no existe incumplimiento de la FEF, por lo que se impone la derogatoria de la Orden de Protección, ya que no existe un hecho de que se viole a esta ley”.
Kirie Bravo, dirigente del Sandino, y que la semana anterior interpuso una acción de protección a la FEF, indicó que lo único que buscó es que se respete su derecho a elegir y ser elegido y que se respeten los artículos 48 y 51 de la Ley del Deporte.