El espíritu de cuerpo es un recurso, que de ser bien implementado, bien aplicado, significa el apoyo a una persona, o a un postulado, por razones válidas, analizadas y acogidas como propias por parte de quienes manifiestan ese apoyo. Cuando se invoca este apoyo, se lo debe hacer con respeto a la individualidad ajena, y, por supuesto, con respecto a la capacidad analítica de aquel a quien se solicita la aplicación del espíritu de cuerpo.
Es inconcebible que se solicite este recurso basados en que “el candidato a determinada dignidad es ecuatoriano” y que esa razón es suficiente para provocar una avalancha de respaldos, de euforias y de loas para empujar dicha candidatura. Cuando la candidatura es para una dignidad internacional, las exigencias deben ser de mucho peso, sin decir que cuando es para una dignidad nacional no lo deban ser, pero las características mayores de los requisitos, deben ser, entre otras, la mesura, la imparcialidad, la apertura mental, el equilibrio conceptual, la tolerancia.
Para cualquier dignidad, local o internacional, es imprescindible la inexistencia de fanatismos o dogmas en los candidatos. Las afinidades ideológicas extremas y ciegas no son la mejor calificación para que se le confíe a una persona direcciones de foros nacionales, peor internacionales. Ya lo vivimos en Ecuador, cuando la Asamblea estuvo al mando de persona, fanáticas y poco calificadas, puestas a dedo por su sumisión e incondicionalidad.