La Fiscalía General prevé procesar penalmente al juez provincial de Pichincha, Wladimir J. y a los vocales de la Judicatura, Juan José M. y Ruth Maribel B. por el presunto delito de tráfico de influencias.
Ayer (28 de abril del 2023), la fiscal general, Diana Salazar, solicitó a la Corte Nacional de Justicia que fije fecha y hora para formular cargos en contra de tres funcionarios públicos.
La titular de la entidad investigadora aseguró que existe “un caso sólido sobre un presunto abuso del cargo en el que se ejerció influencia en otros servidores judiciales para fallar en una causa”.
Tras conocer la decisión de Fiscalía, la vocal Ruth Maribel B. se pronunció sobre las acusaciones emitidas por Salazar.
A través de un comunicado, que se difundió este sábado 29 de abril del 2023, la funcionaria aseguró que jamás ha abusado de su cargo para influenciar sobre terceros en beneficio personal ni de otros.
También dijo que lo único que ha hecho es “impulsar y promover proyectos técnicos y modernizadores para mejorar el sistema de justicia”.
La vocal Maribel B. pidió que se respete su derecho a la presunción de inocencia. Además, dijo lo siguiente: “Llevaré adelante una defensa técnica jurídica para desvirtuar todas las acusaciones infundadas que buscan afectar mi buen nombre”.
Postura de Fiscalía
Por su parte, la fiscal Salazar indicó que la acusación “se sustentará en los elementos de convicción encontrados durante 10 meses de investigación”. Esta indagación nació el 15 de junio del 2022.
“La Fiscalía realiza un trabajo técnico jurídico apartado de cualquier contexto político y formula cargos en contra de los responsables para evitar la impunidad”, indicó Salazar.
Ella añadió que “es fundamental mirar con detenimiento este caso ya que estamos hablando del máximo organismo de control de la Justicia.
Por lo que estoy segura de que sentaremos un precedente para que en el futuro no se vuelva a utilizar a las instituciones del Estado para tomarse el poder”.
¿Cómo se sanciona el tráfico de influencias?
El artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece el tráfico de influencias.
Este delito se configura cuando funcionarios públicos actúan en virtud de una potestad estatal aprovechan su cargo, su relación personal o jerarquía para influenciar sobre otra persona.
Quien influencie a otra persona o servidor público para “obtener un acto o resolución favorable a sus intereses o de terceros, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años”. Así lo establece la normativa penal.