Vannesa Durán revisa las multas que fueron registradas en el sistema de la ANT. Foto: Diego Puente / EL COMERCIO
La cifra llamó la atención a la Dirección de la ANT, la agencia que regula y controla el tránsito en el país. Se trata de una deuda de USD 193,3 millones que los infractores viales acumularon entre el 2014 y febrero del 2020 y no cancelan.
Un cálculo realizado por la entidad dice que el 40% de ese monto podría no cobrarse, pues el plazo de cinco años para recaudar venció en unos casos y en otros está por hacerlo en diferentes fechas del 2020. Así, la mora prescribe, según el Código Penal (artículo 417).
En un análisis presentado por los técnicos de la ANT se advierte que la mayor cantidad de infracciones impagas tiene que ver con los excesos de velocidad en rangos moderados: 190 326. Esta falta se registra, por ejemplo, cuando un conductor que utiliza vías perimetrales irrespeta el límite de velocidad de 90 km/hora para autos livianos y llega hasta 120.
Otras 129 849 personas fueron citadas por no utilizar el cinturón de seguridad.
En las nueve infracciones con más número de deudores constan, además, quienes manejaban en estado etílico, desobedecer a los agentes o no portar documentos.
Juan Pazos es el director de la ANT. Él busca cobrar estas deudas y dice que así se envía dos mensajes: combatir la impunidad y buscar que la gente cambie sus malos hábitos de conducción que podrían generar accidentes de tránsito.
Como parte de su plan de recaudación se ejecutarán procesos coactivos, que son mecanismos administrativos para captar el dinero de las deudas. Este sistema podría funcionar en los próximos 30 a 40 días.
En Contravía, un servicio de asistencia legal en materia de tránsito señala que la medida podría no ser la adecuada.
El director de esta oficina de abogados y exjefe de la Agencia Metropolitana de Tránsito de Quito, Danny Gaibor, dice que ya existen métodos con los que se obliga a los infractores a pagar las obligaciones. Cita, por ejemplo, la renovación de las licencias y de matrículas.
Gaibor considera que el sistema de la ANT ha generado multas que no fueron notificadas. Es el caso de Vannesa Durán. El último jueves, ella mostró un documento que lleva en la guantera de su vehículo. Ahí aparecen 85 multas, que desde el 2016 suman USD 14 854. Asegura que se enteró de este hecho al tratar de renovar la matrícula de su automotor.
La joven trabaja en el aeropuerto de Quito y conduce habitualmente por la Ruta Viva.
En el documento constan supuestas contravenciones por exceso de velocidad que asegura no haber cometido. Señala que hay multas emitidas por el mismo fotorradar con cuatro minutos de diferencia. “Es imposible que suceda”.
Ella buscó asesoría legal para corregir este problema que, dice ella, lo generó la propia Agencia Nacional de Tránsito.
Los gremios también observan problemas con el sistema que maneja la ANT. Por ejemplo, Jorge Yánez, directivo de los transportistas urbanos de Quito, señala que sus socios se enteran de los pagos pendientes cuando realizan trámites.
Él está próximo a pagar multas por USD 1 452. De este rubro, USD 411 es solo por intereses. Dice que debe hacerlo para que las unidades que él tiene como propietario continúen en sus operaciones regulares.
En otro caso, una persona de Manabí busca una solución urgente a un problema, pues asegura que cuando digita su nombre en la página de la autoridad de tránsito observa que tiene 58 000 multas por USD 257 000. Este caso fue trasladado a Quito para que sea corregido. Todavía no hay una respuesta favorable al ciudadano.
En el sistema único, que la ANT maneja para consultar las citaciones, reposa otro caso que corresponde al dueño de una empresa de transporte. Desde el 2017 tiene multas por exceso de velocidad.
Siguió un proceso legal de seis meses y logró que se anulen al menos 180, porque demostró que no había sido notificado por ningún medio.
Para Pazos, el sistema de la Agencia es bueno y aseguró que existen situaciones puntuales que serán solucionadas: “Que vengan a la ANT y arreglamos los problemas”.
La autoridad señala que se aplicarán los procesos coactivos luego de cumplir todos los pasos legales en los que se incluye la correcta notificación para que los usuarios puedan impugnar. Sobre este tema, la Corte Constitucional emitió una sentencia dentro del caso 71-14. Ahí se indica que los conductores no podrán ser sancionados por infracciones registradas por medios electrónicos sin antes haber sido notificados “a través de los medios más efectivos y adecuados”.
Además, se aclara que el plazo para presentar las impugnaciones es de tres días luego de haber recibido la citación, “la cual no se verifica por la sola difusión” de la boleta en la página electrónica.
En contexto
La Corte Constitucional emitió una sentencia en junio del 2019 en la que se indica que los conductores no podrán ser sancionados por infracciones registradas por medios electrónicos sin antes haber sido notificados “a través de los medios más efectivos”.