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Fiscalía reformuló cargos contra cinco excomandantes del Ejército por el caso 30-S; serán indagados por asesinato y no por homicidio

El pasado 30 de septiembre del 2020 se cumplieron 10 años de la revuelta policial. En la avenida Mariana de Jesús se colocó una placa. Foto: archivo / EL COMERCIO

El pasado 30 de septiembre del 2020 se cumplieron 10 años de la revuelta policial. En la avenida Mariana de Jesús se colocó una placa. Foto: archivo / EL COMERCIO

El pasado 30 de septiembre del 2020 se cumplieron 10 años de la revuelta policial. En la avenida Mariana de Jesús se colocó una placa. Foto: archivo / EL COMERCIO

Los oficiales en servicio pasivo de las Fuerzas Armadas Luis Castro, Paúl Guzmán, Jorge Merino, Jorge Peña y Hegel Peñaherrera se sometieron a una audiencia judicial este 22 de diciembre del 2020. En esa diligencia, la Fiscalía reformuló cargos a los cinco excomandantes del Ejército por el caso 30-S.

La fiscal Claudia Romeo los señaló por el asesinato del policía Froilán Jiménez y los militares Darwin Panchi y Jacinto Cortez, durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010.

El 24 de septiembre del 2020 fueron procesados inicialmente por el delito de homicidio. La reformulación de cargos ocurre dos días antes de que concluyera la fase de investigación pública.

El Código Integral Penal (art. 140) establece que ese ilícito es sancionado con cárcel de 22 a 26 años. En cambio, el homicidio es sancionado de 10 a 13 años de prisión.

Según Romero, durante la fase de instrucción fiscal se recabaron evidencias y se realizaron pericias que “hicieron variar justificadamente la calificación jurídica de homicidio”.

Además, la fiscal aseguró que luego de la investigación se determinó que los procesados habrían cometido graves violaciones a los derechos humanos.

Durante la audiencia, que se desarrolló en el Complejo Judicial Norte, en Quito, Paúl Ocaña, abogado del procesado Hegel Peñaherrera, solicitó a Fiscalía una pericia de línea de tiempo. Según el jurista, la finalidad de esta experticia es “evidenciar que el exoficial no planificó, ni ejecutó, ni comandó la operación del 30 de septiembre del 2010”.

El defensor explicó que lo que hizo su cliente fue dar una “orden preparatoria, que en la dinámica militar dista mucho de dar una orden de ejecución”. Además, Ocaña añadió que no hay fundamentos para la reformulación de cargos.