El Defensor del Pueblo cuestionó el proceso con el que se deportó a los migrantes cubanos, desde Quito hacia la isla. Foto: Alfredo Lagla/ EL COMERCIO
La Defensoría del Pueblo calificó de “inconstitucional” los artículos de Ley de Migración que permiten al Ministro del Interior resolver la deportación de extranjeros y cambiar la decisión de los jueces. Esta entidad estatal asegura que “las decisiones judiciales solamente pueden someterse a consideración jerárquica en la misma esfera judicial“.
Además, “preocupa que las decisiones judiciales sobre la deportación de personas puedan estar sometidas a una nueva instancia en el ámbito administrativo”, señala Ramiro Rivadeneira, defensor del Pueblo, en un comunicado de prensa.
El miércoles 6 de julio, un grupo de al menos 140 cubanos fue privado de la libertad durante un operativo de control migratorio que se realizó a las 02:30 en el parque El Arbolito. Esta operación fue coordinada por el Ministerio del Interior.
De ese grupo, 75 ciudadanos extranjeros han sido deportados a Cuba hasta este lunes 11 de julio. El Ministerio del Interior ha justificado que las deportaciones se han dado “en cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad competente”. Y en sus comunicados de prensa afirma que “el proceso de deportación se lo realizó respetando el debido proceso, respetando irrestrictamente los derechos humanos de los ciudadanos y confirmado su perfecto estado de salud”.
Sin embargo, la Defensoría del Pueblo mira con preocupación que el cumplimiento de ciertos principios judiciales en los procesos de deportación. Uno de estos principios, por ejemplo, es que las personas tengan conocimiento de las razones de sus procesos judiciales, que las resoluciones se encuentren fundamentadas “y que en base a ese conocimiento y fundamentación las partes puedan apelar haciendo valer el principio de doble instancia”.
En este caso, los abogados de los migrantes han afirmado que los extranjeros no han podido apelar e incluso se ha limitado el diálogo con sus abogados.
Juan Pablo Albán, abogado de los ciudadanos cubanos, también ha criticado la supuesta intervención del Ministerio del Interior en los casos. “Ecuador es el único país del mundo donde un ministro puede revisar y cambiar la decisión de un juez. ¿Dónde queda la independencia de la justicia?”, mencionó el jurista.
Según la Defensoría, esto se da porque la Ley de Migración, creada en 1970, “no se ha adecuado” a la Constitución que garantiza el principio de independencia judicial y porque esa Ley “continúa respondiendo a concepciones securitistas propias de décadas pasadas en la que los derechos humanos, sus fundamentos, principios y valores, no se encontraban desarrollados”.
El Defensor del Pueblo también considera que el hábeas corpus, “por tratarse de la libertad y condiciones físicas de las personas, debe tramitarse y resolverse conforme a sus características de agilidad procesal”.
Los abogados de los extranjeros han solicitado desde el jueves pasado un hábeas corpus, que es un recurso judicial de carácter urgente para resolver la situación de los cubanos. Sin embargo, la Judicatura ha señalado la audiencia para este martes 18.