Desde las 22:00 de este 31 de marzo del 2021, la circulación de vehículos particulares está restringida en Quito. Foto: archivo / EL COMERCIO
Desde hoy, miércoles 31 de marzo del 2021, la circulación de vehículos particulares está restringida a partir de las 22:00 en Quito. Con esta medida, la Secretaría de Movilidad prevé que durante las noches se reduzca en un 90% la circulación.
A continuación, la respuesta a siete dudas sobre los cambios en las restricciones que rigen en Quito desde hoy.
1. ¿Cuál es el principal cambio respecto a las prohibiciones que ya estaban vigentes?
Guillermo Abad, secretario de Movilidad, dijo que se debe tomar en cuenta dos escenarios. El primero es entre hoy y el próximo 9 de abril. En este lapso rige la prohibición de circulación de los vehículos particulares entre las 22:00 y las 06:00, todos los días.
El otro escenario es entre las 06:00 y las 22:00. Según Abad, en ese lapso está vigente el Hoy No Circula con el que se limita la circulación de cuatro dígitos de las placas diariamente. Antes de la Resolución A14 emitida la tarde de ayer, 30 de marzo, el Hoy No Circula funcionaba desde las 06:00 hasta las 20:00. Después de esto podía transitar cualquier vehículo.
El nuevo horario del Hoy No Circula regirá hasta el próximo 31 de mayo del 2021.
2. ¿Qué pasa con los salvoconductos y las excepciones?
El Secretario de Movilidad explicó que, durante la mañana, de lunes a viernes, los vehículos relacionados con los sectores productivos, traslados al aeropuerto, citas médicas y turismo que vienen desde otra ciudad pueden obtener los salvoconductos en la página www.quito.gob.ec.
Esos permisos especiales funcionan para los automotores que no pueden circular en los días de prohibición por el último dígito de la placa. El Municipio recordó que los lunes no pueden salir los dígitos 0, 1, 2 y 3; los martes 2, 3 4 y 5; miércoles no transitan los 4, 5, 6 y 7; los jueves no lo pueden hacer los 6, 7, 8 y 9; mientras que el viernes los 0, 1, 8 y 9.
Durante las noches, desde el miércoles 31 de marzo y hasta el 9 de abril próximo, ningún salvoconducto tiene vigencia, según la Secretaría de Movilidad.
3. ¿Hay excepciones para las noches?
La Secretaría de Movilidad definió siete sectores que están dentro de las excepciones:
– Estratégicos establecidos en el artículo 313 de la Constitución.
– Transporte público y comercial (buses y taxis).
– Transporte por cuenta propia. Estos vehículos deben ser de propiedad de las empresas relacionadas con una actividad productiva.
– Traslados desde y hacia el aeropuerto (no requiere salvoconducto sino presentar el ticket de vuelo).
– Servidores de la Salud pública y privada.
– Abastecimiento de medicinas e insumos médicos.
– Transporte de alimentos.
4. ¿En dónde rige el Hoy No Circula?
Según Abad, el perímetro urbano para la aplicación del Hoy No Circula se mantiene. En el sur se aplica hasta la calle S60 (vía sin restricción de circulación), en el sector del área Industrial Guamaní, la avenida Pedro Vicente Maldonado y calle Lucía lbán de Romero, uniendo estas calles a la av. Mariscal Sucre con la av. Simón Bolívar.
En el norte de la ciudad, la restricción llega hasta la calle de Los Narcisos (vía sin restricción de circulación) intersección con la avenida Córdova Galarza (redondel Sector Escuela Superior de Policía) que luego pasa a unirse con la av. Simón Bolívar (redondel puente Villorita).
En dirección al este de la ciudad, la avenida Simón Bolívar no tendrá restricción de circulación, mientras que en el oeste, la prohibición para el paso de automotores aplicará a toda la av. Mariscal Sucre hasta la intersección con la av. Manuel Córdova Galarza y la calle de Los Narcisos.
En los valles del Distrito Metropolitano de Quito no aplica la medida.
Sin embargo, la restricción total de circulación nocturna, según Abad, está vigente para todo el territorio del Distrito Metropolitano.
5. ¿Qué pasa con los centros de entretenimiento nocturno?
La Resolución A14 mantiene la suspensión de las licencias de funcionamiento para las discotecas, bares y centros de entretenimiento nocturno. También están suspendidos los permisos para los espectáculos públicos.
6. ¿Qué pasa con la venta de licor?
Según la Resolución, está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en el espacio público. Eso incluye el consumo en el interior de vehículos que se encuentren en espacios de uso público. No hay restricción en la venta de bebidas alcohólicas.
7. ¿Están autorizadas las peregrinaciones?
Entre el 1 y el 4 de abril del 2021 está prohibido el uso de calles y aceras para desfiles, peregrinaciones y romerías.