La primera propuesta de enmienda constitucional que plantea el oficialismo es un cambio a un tema medular de la Constitución de Montecristi, aprobada con la calificación de “garantista”.
El texto que propone Alianza País busca un cambio en una de las seis garantías constitucionales que otorga la Carta Política.
Pide que se incluya en el artículo 88, que habla de la acción de protección, un inciso que diga: “La Ley regulará los casos en los cuales se abuse de esta acción y por lo tanto pueda ser inadmitida”.
El argumento del oficialismo es que hay que evitar el abuso que algunos abogados hacen de esta garantía, en palabras de Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.
Él considera que es necesario “precisar” la normativa para que se actúe con “mayor prolijidad” cuando se presenten las acciones de protección.
El objeto de esta garantía constitucional es el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, según el artículo 88.
Luis Ángel Saavedra, director de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), asegura que por ello se usa como método de protección ante los abusos del poder. Asegura que no cree que actualmente se abuse de esta figura. “En este caso, el poder es el que está abusando de su poder, y los ciudadanos están respondiendo con el uso de la acción de protección”.
El constitucionalista Ramiro García Falconí coincide con Saavedra en afirmar que no hay un abuso de esta figura. “Una garantía jurisdiccional es un mecanismo de protección de derechos. Se puede equivocar en su presentación o en el objeto de su utilización, pero abusar no es posible”.
Detrás de la propuesta de enmienda a este artículo hay una serie de antecedentes de ataques a esta garantía constitucional, que ha resultado incómoda para el Régimen.
En noviembre del 2010, un oficio del secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, alertó sobre el “abuso ilegítimo de la acción de protección y de las medidas cautelares”.
Dos años después, el 19 de julio del 2012, en un memorándum dirigido a los directores provinciales de la Judicatura de Transición, el entonces coordinador de Control Disciplinario, Diego Zambrano, comunica las sanciones reiteradas a jueces que resolvieron favorablemente esta figura, para que otros tomen correctivos.
El antecedente del documento fue el fallo a favor de 16 extrabajadores de la Universidad Central. Los jueces aceptaron la acción de protección para que se les cancelara el pago por sus jubilaciones pendientes desde el 2011.
Días más tarde, el presidente Rafael Correa habló de un “hipergarantismo” en el uso de la figura y dijo que esto dificultaba la gobernabilidad. El 21 de julio del 2012, dijo que sugirió que se modifique el uso de esa garantía constitucional.
Para García Falconí estas acciones -desde el 2010- han sido un intento de limitar la acción de protección. “Es una figura complicada para el poder. Pero recordemos que los primeros en impugnar esto fueron León Febres-Cordero y Jaime Nebot (PSC)”.
Esta y las otras 16 propuestas de enmienda se tramitan en la Corte Constitucional, que tiene plazo hasta agosto para pronunciarse al respecto.
El jueves, la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, llevó hasta la Corte Constitucional la propuesta de 17 enmiendas a la Constitución, cuya pertinencia debe ser calificada por este organismo judicial.
La propuesta cuenta con las firmas de los 100 legisladores que conforman la bancada oficialista.