Redacción Política
El presidente Rafael Correa hizo 14 observaciones dentro de su objeción parcial a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
El Ejecutivo propone que las medidas cautelares procederán cuando la jueza o juez tenga conocimiento de un hecho por parte de cualquier persona que amenace de modo inminente y grave con violar o viole un derecho constitucional. Se considerará grave cuando pueda ocasionar daños irreversibles o por la intensidad o frecuencia de la violación.
También señala que no procederán las medidas cautelares cuando se trate de derechos patrimoniales o derechos que se derivan del cumplimiento de contratos, cuando existan vías administrativas u ordinarias, cuando se trate de ejecución de órdenes judiciales o cuando se interpongan en la acción extraordinaria de protección de derechos.
El Presidente plantea que cualquier persona o grupo de personas podrán interponer una petición de medidas cautelares, de manera verbal o escrita, ante cualquier juez. Si hubiera más de un juez, la competencia se decidirá por sorteo. En la sala de sorteos se atenderá con prioridad a la persona que presente una medida cautelar. En caso de que se presente la petición oralmente, se realizará el sorteo solo con la identificación personal.
La acción de protección no procede cuando de los hechos no se desprenda una violación de derechos constitucionales; cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que se deriven daños susceptibles de reparación.