SRI revisa el pago del impuesto a la salida de divisas de 85 000 contribuyentes

El Servicio de Rentas Internas informó que, 85 545 contribuyentes presentaron diferencias en el pago en el impuesto a la salida de divisas en 2020 y 2021. Foto: Archivo
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecuta un programa de control del pago del impuesto a la salida de divisas (ISD) de 2020 y 2021. Este jueves 15 de junio del 2023 señaló que se han enviado correos electrónicos a 85 545 contribuyentes que presentan diferencias en el pago de este tributo. Es decir, que pagaron menos de lo que debían pagar.
Según la Administración Tributaria, habría una diferencia por cobrar de 12,3 millones de dólares correspondientes a los dos años fiscales. El valor promedio del contribuyente a pagar es de 136,58 dólares en 2020 y 149,41 en 2021.
¿Cuándo se registra la diferencia en el pago?
Francisco Briones, director de SRI, detalló que las diferencias en ISD generalmente se producen cuando el contribuyente ha utilizado más de una tarjeta de crédito o débito en sus consumos en el exterior.
Según el Reglamento, cada persona natural o sociedad puede hacer consumos en el extranjero de aproximadamente 5 000 dólares al año sin pagar este impuesto. Cuando se supera este monto, la entidad financiera emisora de la tarjeta de crédito o débito realiza las retenciones del impuesto correspondientes.
Sin embargo, si las compras se hacen con varias tarjetas, las entidades financieras desconocen que superó el monto exento con otro banco y no efectúan las retenciones. Esto debido a que los banco no intercambian información entre sí.
"El SRI es el único que puede cruzar la información e identificar estas diferencias", señaló Briones. Lo hace al recibir y consolidar información del sistema financiero. "De eso se trata nuestra nueva visión. De utilizar los datos, convertirlos en información y optimizar los controles y recaudación", agregó.
Es importante indicar que, cuando una persona entrega tarjetas adicionales, los consumos se atribuirán siempre al titular de la tarjeta.
“Al respecto, la normativa tributaria dispone que en caso de que la persona natural o sociedad supere el monto exento anual y no haya sido objeto de retención del impuesto, el tarjetahabiente principal deberá realizar la declaración y pago del impuesto”, señaló el SRI.
Los contribuyentes que tengan inconsistencias en el pago de este impuesto deben presentar su declaración en línea mediante el Formulario 106, con código 4580.
Información sobre ISD
El ISD debe ser pagado por la transferencia, envío o traslado de divisas que se efectúen al exterior, sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros, tarjetas de crédito, etc.
Por ejemplo, los ecuatorianos que viajan al extranjero y hacen compras con tarjetas de crédito o débito. También pagan quienes llevan dinero en efectivo.
Así como las personas que están en Ecuador, pero usan sus tarjetas de crédito y débito para pagar bienes y servicios de empresas extranjeras.
Aquellos que envían dinero a familiares o amigos a través de ‘couriers’ de remesas o de transferencias bancarias.
Además, se aplica también en exportaciones de bienes o servicios generados en el Ecuador, por quienes realicen actividades económicas de exportación.
El ISD es el tercer tributo de mayor recaudación del país. De enero a mayo del 2023, el SRI recibió 455,9 millones por esta contribución.
Hasta diciembre del 2021, la tarifa de este tributo fue del 5%. Desde enero del 2022 se aplica una reducción progresiva del impuesto. Actualmente está en 3,75%, el 1 de julio bajará a 3,5% y desde enero del 2024 será del 2%.
Existe un valor anual de exoneración del ISD por consumos o retiros realizados mediante la utilización de tarjetas de crédito o de débito. El monto anual equivale a 5 000 dólares, ajustable cada tres años en función de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor, a noviembre de cada año.
Para los ejercicios fiscales 2016, 2017 y 2018, el monto de la exoneración del ISD corresponde a 5 000 dólares. En 2019, 2020 y 2021 el monto exento anual corresponde a 5 017,33 dólares. Y para 2022, 2023 y 2024, el monto ajustado de la exoneración del ISD corresponde a 5 109,79 dólares.
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