Solo una modificación de fondo realizó la Comisión de lo Económico de la Asamblea al proyecto de Ley de Defensa de los Trabajadores, enviado por el Ejecutivo como económico urgente.
Con siete votos a favor y cuatro en contra, los legisladores de la mesa económica aprobaron el informe para segundo debate en el Pleno, que está previsto para la próxima semana. El cambio de la única transitoria, relativa al pago de liquidaciones a los ex empleados de las salas de juego de Invermun, permitió conseguir suficientes votos para la aprobación del cuerpo legal.
El nuevo texto, a diferencia del original, garantiza al Estado la recuperación de lo gastado por pago de indemnizaciones a través del embargo y remate de los bienes de Invermun, que deberá hacerse en un plazo de hasta 60 días desde la aprobación de la Ley. Este cambio surgió como propuesta de Ramiro Terán, del Movimiento Popular Democrático (MPD).
“El numeral 7, del artículo 290 de la Constitución, es muy claro: se prohíbe la estatización de las deuda privadas. Con el embargo, el remate y la liquidación hay coherencia. Con eso, la Ley le dará al Gobierno la fuerza para cobrar las deudas y dar la liquidación a los ex empleados”, afirmó Terán.
Hubo dudas por parte del oficialismo por algunos minutos, principalmente por el temor al veto que podría llegar desde Carondelet. Sin embargo, el presidente de la mesa, Francisco Velasco, señaló que es importante poner plazos para el embargo y el remate de lo bienes de Invermun.
“Me parece razonable poner límites en la transitoria para que no sea como los canales, que se incautan y luego no se venden. Es necesario que haya un tiempo perentorio. Estoy de acuerdo”, dijo.
Legisladores de Sociedad Patriótica y del Prian escucharon los planteamientos sin objetarlos. Suspendida la sesión por 10 minutos, antes de la votación, salieron en grupo y mostraron su preocupación por la falta de cambios de fondo en el artículo dos, relativo a cobros, por parte de las instituciones públicas con capacidad de coactiva, a las empresas que tengan haberes con el Estado. Al final, la norma quedó tal cual, lo que motivó los votos en contra.
Los trabajadores sí esperarán
Los ex empleados de las salas de juego de Invermun, que son alrededor de 1 200 a escala nacional, deberán esperar que el Gobierno embargue los bienes de la empresa para cobrar el dinero de sus liquidaciones.
El proyecto de Ley de Defensa de los Trabajadores establece un plazo máximo de 60 días, luego de aprobada la Ley, para realizar este procedimiento. Una vez realizado esto, el Ministerio de Relaciones Laborales procederá al pago de los haberes, que suman cerca de USD 4 millones.
La decisión, aunque sorpresiva, no molestó a Simón Bajaña, presidente delComité de ex empleados de Profeseries, salas de juego pertenecientes a Invermun. Lo único que él aspira es que se paguen los dineros.
“Hemos esperado por casi un año. Si tenemos que aguantar dos meses más tendremos que hacerlo. Existe la confianza de que todo saldrá bien”.
A diferencia de ellos, a los funcionarios públicos del Servicio de Rentas Internas (SRI), el IESS y el Ministerio de Relaciones Laborales que permitieron violación de derechos laborales contra los ex empleados de salas de juego, como la no afiliación a la seguridad social, no les irá tan bien. Se les aplicará el derecho de repetición, es decir serán sancionados por su accionar.
Domésticas están satisfechas
Los cambios propuestos sobre el trabajo doméstico dentro del proyecto de Ley de Defensa de los Trabajadores son catalogados por los trabajadores del sector como un triunfo en materia de derechos laborales.
El artículo 6 del documento establece una reforma al artículo 269 del Código de Trabajo actualmente vigente, que determina que los trabajadores domésticos tienen derecho a un día de descanso cada 15 días.
“Eso es una esclavitud y aún, en estas épocas, existen casos de ese tipo. Hay que reconocer que desde el 2009 en adelante se han realizado avances en este y otros temas. Lo que está haciendo la Asamblea es lo correcto”, dijo Maximina Salazar, titular de la Asociación de Trabajadoras Remuneradas del Hogar.
El proyecto, de ser aprobado, legalizará el hecho de que los empleados domésticos laboren bajo el mismo régimen que los demás: ocho horas, cinco días semanales. También podrán acceder a la jornada parcial.
“Es lo justo y eso, pese a que no había norma, ya se estaba haciendo. Pero, si se aplica la Ley de la forma en la que está ahora, habría que descontarles dos días por su salida el fin de semana”, dijo Iván Nolivos, juez de la sala temporal de lo laboral de la Corte Nacional de Justicia.
Las madres podrán decidir
Emilia S., trabajadora privada, apoya el hecho de que una madre pueda escoger los horarios para lactancia de su hijo.
El proyecto de Ley, en su artículo 5, que se debate, establece una modificación al artículo 155 del Código de Trabajo.
En la norma actual se establece que en los nueve meses posteriores al parto la jornada laboral de la madre del lactante durará seis horas y que se determinarán conforme al contrato colectivo, el reglamento interno de la firma o el acuerdo entre las partes.
“Sé que ahora el horario será según lo que convenga a la beneficiaria. En mi caso es positivo porque podría alimentar, vestir y llevar a mi hijo de tres meses a su guardería y luego entrar a trabajar un poco más tarde”, dijo la empleada privada, que desempeña actividades de publicidad.
La asambleísta Nívea Vélez considera que los cambios de la norma son positivos, pero que el período debe ser igual al de las trabajadoras del sector público, es decir, un año.
“Los derechos deben ser iguales para todos. La norma es muy humana, pero los empleadores siempre obligarán a que haya un acuerdo entre las partes. Y más en trabajos en que no haya horarios establecidos”.
Cobros a grandes accionistas
Los pequeños accionistas de diferentes empresas no enfrentarán el cobro de deudas, particularmente laborales, que mantienen con instituciones del Estado. Así lo señaló Francisco Velasco, titular de la Comisión de lo Económico de la Asamblea.
El artículo 2 del proyecto de Ley establece los cobros de haberes, por entidades públicas con capacidad coactiva, para los representantes principales de una empresa y herederos.
Velasco señaló que, aunque no está especificado en el texto, al incluir dentro de los cobros la frase “todos los obligados por la Ley”, se excluye a aquellos accionistas que tienen una participación minoritaria en la firma.
Para el sector privado, el texto sigue preocupando y por esa razón los representante de las cámaras empresariales mantuvieron una reunión para profundizar en el cuerpo legal. Así lo indicó María Rosa Fabara, directiva de la Federación de Cámaras Binacionales (Fecabe).
Juristas como Xavier Sisa, de la Cámara de Industrias, mostraron su preocupación con relación al articulado. Una de sus observaciones fue que a los recaudadores de las entidades se les da discrecionalidad para determinar quiénes deban pagar.