De acuerdo con un boletín del Servicio de Rentas Internas (SRI), la presentación del anexo de gastos personales se extiende hasta este lunes 29 de febrero, sin que se generen multas.
Recuerde que el SRI habilitó, en enero pasado, la opción para que las personas naturales que están obligadas a presentar el anexo de gastos personales lo hagan en línea. “La obligación es para las personas que trabajan en relación de dependencia, ganaron más de USD 10 800 en el 2015 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5 400. Con el anexo se justifican los gastos realizados en ese año y se aplica la deducción de estos en la declaración del Impuesto a la Renta”, señala el comunicado.
El Servicio recuerda que, el año anterior, el anexo se llenaba a través del programa de declaraciones denominado DIMM Formularios. Ahora está disponible en la página web institucional www.sri.gob.ec, en la sección Servicios en Línea, en la opción Favoritos / Anexos / Anexo de Gastos Personales en línea, a la que se accede con usuario y clave. En el 2016 todavía estarán habilitadas las dos modalidades.
La nueva herramienta permite acceder fácilmente a las facturas electrónicas emitidas a nombre de la persona, quien puede seleccionar el monto total o parcial de la factura y el tipo de gasto al que corresponde cada comprobante de venta. Por ejemplo, si el contribuyente tiene una factura que justifique gastos de alimentación y educación debe seleccionar las dos opciones y especificar el gasto efectuado en cada uno.
En cambio, para las facturas físicas el contribuyente tiene dos opciones:
*Llenar la plantilla que proporciona el SRI con la información del proveedor, número de comprobantes, monto total de las facturas y tipo de gasto, que la encuentra en www.sri.gob.ec, en la sección Inicio / Declaración de Impuestos / Software para declarar / DIMM para anexos (programa AGP).
*Ingresar de forma individual las facturas físicas, directamente en el sistema en línea, completando la información de RUC del proveedor, monto de la factura y tipo de gasto.
Los gastos personales incluyen las adquisiciones y pagos realizados en vivienda, alimentación, educación, salud y vestimenta, de acuerdo a la siguiente tabla, pero en total no pueden superar los USD 14 040 o el 50% de los ingresos gravados.