Las medidas aplicadas en 8 provincias con el estado de excepción focalizado

Los agentes realizan control de placas a los vehículos particulares en el peaje Chivería Guayaquil - Daule. Foto: Enrique Pesantes / El Comercio

Los agentes realizan control de placas a los vehículos particulares en el peaje Chivería Guayaquil - Daule. Foto: Enrique Pesantes / El Comercio

Los agentes realizan control de placas a los vehículos particulares en el peaje Chivería Guayaquil - Daule. Foto: Enrique Pesantes / El Comercio

Las provincias de Azuay, Pichincha, Loja, Guayas, Manabí, El Oro, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas están consideradas para la aplicación de un estado de excepción focalizado por 30 días.

El Comité de Operaciones de Emergencia nacional (COE) nacional recomendó este jueves, 1 de abril del 2021, en la tarde al presidente de la República, Lenín Moreno, la declaratoria de esa medida, para intentar frenar el contagio y expansión del covid-19.

La noche de este jueves 1 el Presidente firmó el Decreto 1282 que limita de los derechos de movilidad, reunión y asociación en esas ocho provincias. Según el documento las medidas responden a las señales de "alerta por calamidad pública".

En esas ocho provincias hay un incremento en el índice de contagios y la capacidad hospitalaria está al límite o hay personas en lista de espera para ocupar una cama en las unidades de cuidados intensivos. Solo en el IESS hay una lista de 252 personas a escala nacional, informó Juan Zapata, presidente del COE nacional.

Debido a la época de elecciones, Zapata dijo que se garantizará a la población el ejercicio de su derecho al voto en las elecciones del 11 de abril del 2021.

Bajo el estado de excepción, indicó Zapata, se recomienda adoptar varias medidas, como el toque de queda, que regirá desde este viernes 2 hasta las 23:59 del viernes 9 de abril. Se aplicará desde las 20:00 hasta las 05:00.

El cumplimiento estará a cargo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Durante un mes estarán prohibidas las reuniones sociales y familiares; y la venta y consumo de bebidas alcohólicas. Esta resolución estará vigente de lunes a jueves, a partir de las 18:00, pero el viernes, sábado y domingo regirá todo el día.

En las ocho provincias también se suspende totalmente la jornada laboral presencial en el sector público, entre el lunes 5 y viernes 9 de abril.

Por tal razón, Zapata pidió al Registro Civil que adopte todas las acciones para que se suspendan los servicios de cedulación, con el fin de que las personas puedan conseguir el documento para votar.

No habrá clases presenciales en los centros donde estaban en funcionamiento proyectos pilotos autorizados.

Para la movilidad se restringe la circulación vehicular de los automotores particulares desde el 2 de abril del 2021 hasta el viernes 9 de abril, de acuerdo con placas pares e impares.

Los impares circularán los lunes, miércoles y viernes, y los pares lo harán los martes, jueves y sábados. El domingo 4 de abril solo transitarán los impares.

El transporte público y comercial puede circular por fuera del horario de toque de queda y sin restricción de horarios, indicó Zapata.

Las restricciones no se aplicarán para las personas que requieran movilizarse y que pertenezcan a los siguientes sectores: salud, red pública integral y privada, seguridad pública y privada, servicios de emergencias y agencias de control, sectores estratégicos, servicios de emergencia vial, sector exportador y su cadena logística, prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.

También se incluye la provisión de alimentos, medicinas e insumos médicos, con la comercialización y transporte; la industria y el comercio relacionados con la crianza de animales; los trabajadores de los medios de comunicación, el sector financiero, personas particulares en caso de emergencia justificados y a quienes viajen hacia los aeropuertos (con la presentación de los boletos de avión).

En las ocho provincias estará prohibido el acceso a playas y balnearios con fines turísticos.

Se suspenden las actividades de gimnasia, centros de entrenamiento físico, canchas deportivas, cines, teatros y parques, mientras dure el estado de excepción. Tampoco se autorizará la apertura de bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.

Se mantiene la prohibición de eventos públicos masivos y concentraciones religiosas. El aforo se limitará al 30% de capacidad en centros comerciales, restaurantes, velatorios y ceremonias religiosas.

Se mantiene en vigencia el ingreso al país por los aeropuertos, bajo los protocolos de salud establecidos.

Loja y Santo Domingo esperaban la notificación del estado de excepción. Ambos cantones habían pedido la declaratoria al Gobierno.

A las 16:00 de este jueves 1 se reunieron los integrantes del COE cantonal de Loja para analizar la resolución del COE nacional.

Para el coordinador del Municipio, Efraín Muñoz, es un tema oportuno y necesario para contener la crítica situación por contagios y muertes.
Santo Domingo hizo la solicitud de la medida el pasado 17 de marzo al Gobierno. Las autoridades están pendientes de la firma del decreto.

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