En el consejo consultivo de grupos políticos, autoridades del CNE explicaron la semana pasada el tema de alianzas. Foto: Cortesía CNE
Las alianzas electorales deben inscribirse antes que las candidaturas. Incluso hasta con un solo día de anticipación, explicó Juan Pablo Pozo, titular del Consejo Nacional Electoral (CNE), ya que se eliminó el plazo mínimo de 15 días.
Pero en la práctica es poco probable que eso suceda. En dicho acuerdo, los partidos y movimientos deben definir el mecanismo de selección de sus candidatos. Y los procesos de democracia interna deben ser acompañados por la autoridad electoral.
Ricardo Andrade, coordinador Nacional Jurídico del CNE, explica que en este caso no importa si cada tienda tiene métodos de democracia interna distintos en sus estatutos. Pueden escoger cualquiera.
En el momento solo se han planteado dos posibles alianzas electorales: la del Acuerdo Nacional por el Cambio, de centro izquierda, y la Convergencia Democrática por la Unidad, de centro derecha.
En un principio, la primera está conformada por Unidad Popular (UP) y Pachakutik, junto a otras organizaciones sociales, y la segunda por el Partido Social Cristiano (PSC), Avanza, SUMA, la Concertación y otras agrupaciones como Juntos Podemos (JP), que no tiene vida jurídica.
Precisamente el 29 de septiembre, la Unidad tiene previsto definir sus candidatos para el binomio presidencial, en Guayaquil. Justo dos días antes de que lo hagan el oficialismo y el Acuerdo Nacional.
Pero en ninguno de los dos frentes de oposición está establecido aún el procedimiento, de manera oficial. Incluso la voluntad de aliarse no se acaba de concretar con algunos de sus miembros. Pero el objetivo de ambos es presentar un binomio presidencial conjunto. La Unidad incluso acordó tener una lista única de asambleístas nacionales.
Paúl Carrasco, precandidato presidencial de JP en la Unidad, comentó que las primarias de su frente “todavía no responden al mecanismo del CNE”. Indicó que primero elegirán el binomio para después convocar a las asambleas de cada agrupación y solo entonces definirán el funcionamiento de la alianza.
La idea, según Carrasco, es encontrar primero un consenso definitivo entre los miembros de la Unidad; después afirma que cumplirán con los requisitos exigidos por la Ley, para su participación conjunta oficialmente.
Giovanni Atarihuana, presidente de UP, sostiene algo similar, “una vez que se proclame la candidatura única y haya un acuerdo tenemos que declarar la alianza”.
Sin embargo, acepta que la normativa no queda del todo clara y espera despejar las dudas en el consejo consultivo nacional con el CNE, el 14 de octubre. Ya que, aunque deben pedir acompañamiento para el proceso de democracia interno, insiste en que primero debe concretarse el acuerdo político entre las partes.
Cabe aclarar que las alianzas se sellan entre agrupaciones políticas que puedan participar en la misma circunscripción. Es decir, para las elecciones generales del 2017, podrán unirse solamente tiendas nacionales y provinciales. Ninguno de sus miembros podrá inscribir individualmente listas para las dignidades en las que participarán juntos.
Los requisitos legales para la inscripción son: actas de las sesiones en las que se estableció la alianza, el acuerdo de constitución y copias de la cédula y certificado de votación del procurador común.
Pero la parte más compleja es el contenido del acuerdo. Es ahí donde las organizaciones políticas deberán definir: los aportes económicos que pondrá cada una para que funcione la alianza, el porcentaje de votos o el número de dignidades que le corresponderá a cada una después de los escrutinios, la distribución del fondo partidario permanente -en caso de que lo obtengan- y la repartición de los recursos una vez concluido el acuerdo.
Más allá del tema económico, la división de los votos es un factor clave para todas las organizaciones políticas. Según el Código de la Democracia, las tiendas nacionales deben lograr al menos el 4% de votos válidos o tres legisladores para asegurar su vigencia.
De no ser así, en las elecciones seccionales del 2019 deberán obtener al menos el 8% de alcaldías o un concejal en el 10% de cantones, caso contrario, perderán su vida jurídica.
En el acuerdo deberán constar, además, el nombre de la alianza y quienes la conforman, los órganos de dirección y las candidaturas en las que participarán juntos.
Andrade indica que incluso los mismos partidos y movimientos deben definir el orden en que los números de sus listas aparecerá en la papeleta.
En el acuerdo de inscripción, los partidos y movimientos deberán establecer además el tiempo de duración de la alianza, que será mínimo de 180 días. Según Andrade, ese lapso permite resolver los procesos postelectorales, especialmente los administrativos.