La confusión reina en el sector empresarial respecto de la aplicación del pago del salario digno a sus trabajadores, concepto que fue incorporado dentro del Código de la Producción, aprobado el pasado martes por la Asamblea.
El “digno” es un concepto que implica que todo trabajador debe recibir ingresos para cubrir el costo de la canasta básica, que actualmente es de USD 541, según el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC).
Para definir el monto de este salario, se divide el valor de la canasta para 1,6. Este último número es el promedio de personas que reciben ingresos en un hogar típico del país. El resultado del cálculo es USD 337.
El artículo 9 del texto legal determina que para saber cuáles son los ingresos de un trabajador se debe sumar el básico, los sobresueldos (divididos para 12) y los fondos de reserva (divididos para 12) como elementos principales. También se deben sumar otros ingresos que puede o no recibir un trabajador, como las comisiones, los bonos y las utilidades.
La norma determina que si un empleador no logra pagar a sus trabajadores el salario digno, deberá usar hasta el 100% de las utilidades de la empresa para cumplir con esa obligación.
Para empresarios como Neida Vásconez, directora ejecutiva de la Cámara de Industrias de Tungurahua, el planteamiento es muy general y existen muchas interrogantes. “¿El pago se hará de las utilidades generales o del 15% que se destina al trabajador? ¿Desde cuándo se aplicará esta norma? ¿Qué pasará si una empresa no genera utilidades? Creo que todo eso debería especificarse dentro del Reglamento”.
Aunque en el Código aprobado no se detalle el mecanismo del uso de las utilidades para cubrir la brecha, el Gobierno tiene claro cómo se deberá proceder.
“Se aplicará a partir del ejercicio fiscal 2011, tal y como establece el Código. Para el pago del dinero que cubra la brecha se deberán usar las utilidades generales de la empresa. Del 100% solo se usará el 60%, ya que el restante 15% está destinado para los trabajadores y el 25% va para el impuesto a la renta”, explicó Mauricio Peña, viceministro Coordinador de la Producción.
El funcionario señaló, además, que este dinero se deberá entregar como bono al trabajador al final del año fiscal.
Por ejemplo, si un trabajador recibe USD 320 de ingresos le faltan USD 17 para alcanzar el salario digno. Al final del año deberá recibir un bono por USD 204, que resulta de multiplicar los 17 por los 12 meses del año.
Si la empresa debe pagar bonos a varios trabajadores y no le alcanza el monto de sus utilidades, estas deberán distribuirse proporcionalmente entre los empleados, en función de lo que falte a cada uno para alcanzar el salario digno (ver gráfico adjunto).
Lo que no se ha definido es el mecanismo de pago de utilidades para cubrir el salario digno del trabajador de una empresa de servicios complementarios, por ejemplo, de servicios de seguridad. No se sabe si la empresa usuaria deberá destinar parte de sus utilidades para ese pago.
Lo que sí ha quedado claro es que si la compañía no genera utilidades no tendrá que pagar a sus trabajadores.
Debido a esto surge la posibilidad de que compañías declaren cero o pérdidas, con el objetivo de evadir su responsabilidad. Peña reconoce que tal situación se puede dar, pero que el Servicio de Rentas Internas trabajará para evitarlo.
Por su parte, empresarios como Gino Descalzi, vicepresidente de Expoflores, se sienten perjudi-cados porque la normativa no incluyó para el cálculo del sala-rio digno otros ingresos que recibe el trabajador como alimentación, transporte, etc.
“Si esto se tomara en cuenta, ya cumpliéramos con el pago del salario digno hace tiempo. Todos esos egresos salen del bolsillo de la empresa, son dinero real”.
En la floricultora de su propiedad, donde hay 250 trabajadores, los sueldos que pagan al momento (USD 240) no permiten alcanzar el digno. Por eso Descalzi dijo que tendrá que pagar los bonos para cubrir la brecha.
Lo que debe quedar en claro es que el bono no es un derecho adquirido del trabajador, sino que se pagará exclusivamente si existe una brecha que impida alcanzar el digno. “Será de carácter temporal”, dijo Paco Velasco, presidente de la Comisión de lo Económico.
De acuerdo con datos del Ministerio Coordinador de la Producción, 100 000 personas se beneficiarán de la normativa. La titular de esa cartera de Estado, Nathalie Cely, explicó que actualmente el 80% de los trabajadores del país ya recibe el salario digno.
Hasta septiembre pasado, el Ecuador registró 1,6 millones de personas ocupadas plenas, es decir que trabajan las ocho horas diarias y que reciben todos los beneficios de ley. Sin embargo la mayoría, unos 2,3 millones de personas, son subempleadas, según cifras del INEC.