Es corresponsabilidad de la empresas y cooperativas de transporte público, así como de los cooperados y propietarios de las unidades, velar por el cumplimiento por parte de los conductores, de la Ley de Tránsito. Los usuarios también deben colaborar y ser autores del respeto a esta vapuleada Ley.
Hace poco tiempo tuve oportunidad de realizar un viaje por carretera en un ómnibus de servicio público en México. La primera buena impresión fue la terminal muy amplia, confortable y llena de servicios; luego, un ordenado acceso al vehículo , era precedido de una revisión minuciosa del equipaje de mano y un respetuoso cacheo de armas. Dentro de la unidad había letreros que inducían al pasajero a denunciar cualquier anomalía en el viaje; también junto al tique de abordaje le entregaban a cada pasajero una carta en la que pedían informar irregularidades como: paradas no programadas, desvío de ruta, recogida de pasajeros en el camino, exceso de velocidad o descortesía del conductor. Como compensación a la denuncia, la empresa ofrecía al usuario un premio equivalente a un pasaje ida y vuelta en la ruta utilizada.
Podría ser una práctica muy conveniente de aplicar en nuestro medio que ayudaría a las cooperativas y propietarios de buses interprovinciales a controlar y seleccionar mejor a sus choferes.