Entre enero y octubre del 2016, 8 325 conductores han huido tras haber provocado un siniestro en las vías del Ecuador. Foto: Alfredo Lagla / EL COMERCIO
En todas las fotografías aparece Ximena o la ‘Negrita’ como la llamaban en casa. Era la mayor de dos hermanos. Tenía 35 años cuando un camión la embistió en el sur de Quito. El chofer huyó tras el choque. Ella falleció en la vía.
El 25 de noviembre del 2016 se cumple un año de ese accidente, pero aún no hay responsables detenidos. El proceso judicial se estancó. La familia lleva 11 meses de pelea, con visitas continuas a los juzgados, a las oficinas de la Fiscalía y de diligencias hasta ahora en vano.
Johanna Navarro y su esposo José Ortiz también están en esa lucha. Su hija Doménica, de 19 años, murió en un accidente registrado en el km 10 de la vía a Guayllabamba, la madrugada del 3 de septiembre del 2016. Una camioneta impactó el automóvil de la universitaria.
Los agentes que auxiliaron a la chica no encontraron a la persona que manejaba la camioneta, pero sí sus documentos: la cédula, la licencia y una tarjeta de débito. Así lograron identificarla: María Belén, de 26 años. Desde hace un mes, su nombre está en la lista de los Más Buscados de Pichincha.
Entre enero y octubre del 2016, 8 325 conductores han huido tras haber provocado un siniestro en las vías del Ecuador. Es decir, un promedio de 27 fugitivos diarios. En el 2015, en cambio, hubo
9 561 choferes que abandonaron la escena del percance. Según cifras oficiales, eso representa el 36% de todos los conductores que provocaron choques a escala nacional.
Hace una semana, el presidente Rafael Correa aseguró que esto “es algo que nos llena de vergüenza”. Por eso planteó duplicar la pena para estos casos. Actualmente, el Código Integral Penal (art. 374) considera un agravante la fuga de una persona que ocasiona un accidente de tránsito. Y establece el máximo de la sanción, según el tipo de la infracción.
Por ejemplo, cuando hay fallecidos, el COIP establece castigos de entre uno y tres años de cárcel por muerte culposa. La sentencia puede crecer hasta cinco años si se comprueba que el chofer incurrió en maniobras “innecesarias, peligrosas e ilegítimas”, como conducir a exceso de velocidad, con llantas lisas, sin cumplir las señales viales…, o hasta 12 años si manejó bajo efectos de alcohol y otras drogas.
Pablo Almeida, abogado de la familia de Doménica Ortiz, busca una condena de cinco años para la sospechosa del choque. Los informes del Servicio de Investigación de Accidentes (SIAT) refieren que la camioneta cruzó al carril contrario en una zona no permitida.
Sin embargo, esa sentencia puede no llegar a darse, mientras la conductora no sea capturada. Esa es una de las consecuencias judiciales cuando un chofer permanece prófugo.
La legislación penal (art. 610) advierte que la presencia del procesado es “obligatoria” en la etapa del juicio, de lo contrario el proceso se suspende.
Eso ocurrió en el litigio por la muerte de Sebastián Muñoz, fundador del colectivo Andando en Bici Carajo. El ciclista falleció el 22 de marzo del 2013, cuando un vehículo lo embistió mientras manejaba su bicicleta por la avenida Galo Plaza Lasso, en el norte de la capital.
En diciembre del 2015, luego de 33 meses de su muerte, la Policía localizó al sospechoso en Imbabura. Así se reactivó el juicio y llegó a una sentencia recién en el 2016.
Un estudio elaborado por la Universidad Nacional de Loja analizó este fenómeno y concluyó que la suspensión del proceso “genera impunidad para el responsable, por cuanto este no recibe sanción por su comportamiento infractor”.
En el documento académico se precisa, además, que esto “produce una vulneración de los derechos de la víctima, pues no puede ver resarcido su derecho, y vive en una permanente situación de inseguridad jurídica, al saber que la persona responsable no ha recibido la sanción”.
Eso sienten los parientes de Mireya Granda. Ellos no lograron ubicar al conductor que atropelló a la joven en el 2009 y el caso expiró cinco años después. Ese es el tiempo de vigencia de una causa de tránsito, según el Código Penal.
Pero el fenómeno de la fuga de conductores ya fue analizado desde antes. En diciembre del 2014 incluso comenzó a operar una unidad exclusiva del SIAT para capturar a los responsables de los siniestros.
Tres meses después, en marzo del 2015, el entonces ministro del Interior, José Serrano, advirtió las falencias en el arresto de los sospechosos. “No puede ser posible que de 3 000 boletas de captura que se han dictado por parte de jueces, en la materia (de tránsito), solamente el 15% se haya podido concretar”.
Pero otra consecuencia de los choferes fugitivos es la ausencia de reparación integral a las víctimas, un derecho garantizado en la Constitución (art. 78). La medida busca amparar económica y psicológicamente a los afectados.
A casi un año de la muerte de Ximena, su familia no ha recibido ni un centavo. En estos 11 meses ya han gastado USD
3 500 por los servicios del abogado que contrataron y otros pagos. Cuando ocurrió el accidente, los parientes pidieron dinero a un prestamista para poder cubrir el funeral.
Sin embargo, Luzmila Faz, madre de Ximena, asegura que, en su situación, el dinero es lo de menos. Solo quieren justicia y que el responsable sea detenido y condenado.
Lo mismo piensa la familia de Doménica Ortiz. “Lo único que pedimos es justicia. No quiero un día más ni uno menos; solo lo que se le ordene a la responsable. El sufrimiento y el dolor es lo que se ha apoderado de nosotros desde el 3 de septiembre”, comenta la madre de la universitaria.
Víctor Romero es juez de Tránsito y explica que el “problema fundamental” está en la reforma que se hizo cuando se aprobó el Código Integral Penal, vigente desde agosto del 2014. “Una norma se le sacó de la Ley de Tránsito y no está en el COIP. Ahí se decía que en el caso de que el conductor huyera, se presumía que quien manejaba era el propietario. A él se le tomaba como procesado y con las consecuencias de llegar a una condena”, explica.
Ahora, la ley penal solo establece la figura del ‘responsable solidario’. Es decir, el dueño del vehículo solo se hace responsable de las indemnizaciones.