Primero hay que llegar al altar, casarse y luego pedir el divorcio. Jorge Guamán, ex diputado de Pachakutik, lo dice en relación a la demanda que presentó Hólger Chávez (A. País), por omisión, contra la Asamblea.
Chávez pidió a la Corte Constitucional emitir una Ley de Comunicación provisional porque el Legislativo incumplió el plazo de un año para hacerlo, determinado en la disposición transitoria primera de la Constitución.
Guamán cree que Chávez debió esperar a que concluyera el segundo debate y la votación. Y, así sí proceder a que se archive la ley.
Además, Lourdes Tibán (Pachakutik) recordó que ella, el 14 de octubre del 2009 pidió a la Corte Constitucional interpretar el art. 436 de la Constitución, que habla de que el Legislativo tenía un año para tramitar las leyes de Comunicación, Código Penal, Militar y Policial, Aguas y Cultura…
En febrero del 2010 la Corte le contestó que la vigencia formal y material de la disposición primera dependía de los plazos establecidos en esa misma transitoria. Y que al contar el lapso transcurrido desde que rige la Constitución y por tanto esa transitoria , se colige que los plazos en referencia ya se extinguieron.
Además, le dicen que la Asamblea tiene la atribución de expedir, codificar, reformar y derogar las leyes. Y que eso no se limita por el vencimiento de los plazos.
Por el contrario, le indican que el poder del legislador de aprobar leyes es una atribución específica, propia de su esencia pues lo fundamental es que eso responda a un análisis profundo y a la participación ciudadana.
Una de las coordinadoras del oficialismo, Gina Godoy, aduce que la demanda presentada por su compañero Chávez llegó a la Corte en otras condiciones. “El resultado de la consulta popular de mayo”. En ella se aprobó que “sin dilaciones se expida una Ley de Comunicación, que cree un Consejo de Regulación”. Aunque Godoy cree que “lo ideal es que la Asamblea emita la norma”.