Desde el 15 de junio del 2015, ocho radares fueron ubicados en la avenida Simón Bolívar. Foto: Eduardo Terán/ EL COMERCIO.
Ocho radares fueron ubicados en puntos fijos de la avenida Simón Bolívar, desde el lunes 15 de junio del 2015. En tres días, 1 145 conductores fueron registrados como infractores.
La Agencia Metropolitana de Tránsito implementó el control de la velocidad, como una medida para frenar los accidentes producidos por conductores que no respetan los límites de velocidad permitidos.
Patricio Pérez coordina el Centro de Control para la Gestión de la Movilidad. Él señaló que en la fase de adaptación se registraron 6 000 infracciones, las cuales fueron notificadas mediante una llamada telefónica realizada desde el call center de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).
Al infractor le llega una boleta donde consta la ubicación del radar con que fue registrado, la velocidad a la que estaba circulando, la base legal, los datos del vehículo. La sanción es para el vehículo que está circulando, el registro corresponde a la información de matriculación del automóvil.
El objetivo de la campaña es reducir los niveles de accidentabilidad, concienciar en los conductores el respeto a los límites permitidos de velocidad y reducir los accidentes y las muertes que se registran diariamente.
Un sistema de radares trabaja enlazado con el Centro de Control de la Movilidad, las 24 horas del día, los 365 días del año.
Los radares están ubicados en los puntos de mayor conflictividad de la avenida Simón Bolívar, entre otros La Loma de Puengasí, Universidad Internacional, La Hormigonera, Guápulo, Casa de la Selección y Nayón.
En el 2014 hubo 916 accidentes, que causaron 662 heridos y 20 personas fallecidas; hasta el 9 de junio de 2015 se registraron 575 accidentes, 324 heridos y 14 muertos. La meta es reducir los accidentes y afectados porque es necesario que todos los conductores disminuyan la velocidad.
Los conductores que superen los 90 kilómetros por hora permitidos son notificados con una boleta en la que consta una fotografía de buena resolución que indica la velocidad a la que circulaba.
Según el artículo 238 del Reglamento General para la aplicación de la Ley de Tránsito, como la infracción es detectada por medios electrónicos, la sanción monetaria será al propietario del vehículo. Los conductores tienen tres días para apelar.