El helicóptero Dhruv FAE 605 En un desfile militar en la Base Aérea Mariscal Sucre, en el 2009. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Era febrero del 2010. Ese mes, la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, presidida por la legisladora Silvia Salgado, resolvió archivar el juicio político en contra del entonces ministro de Defensa, Xavier Ponce.
La acción en contra de Ponce comenzó, porque fue él quien, en el 2008, suscribió el contrato para comprar siete helicópteros Dhruv. Entre el 2009 y este martes 27 de enero del 2015, cuatro de estos aparatos han sufrido accidentes. Y hay una orden gubernamental para que los tres restantes suspendan las operaciones.
La resolución para no continuar con el juicio político se aprobó con los votos de los legisladores Mauro Andino, Gastón Gagliardo, Pamela Falconí, Silvia Salgado. César Rodríguez y Betty Amores. Estos dos últimos ahora están en la oposición.
En contra votaron Scheznarda Fernández, Galo Lara (extraditado y detenido en Latacunga), Abdalá Bucaram, Ramiro Terán y Marco Murillo.
La denuncia la presentó Fausto Cobo, quien en ese entonces era legislador de Sociedad Patriótica. Cobo hizo referencia a la información recabada durante la investigación, como el hecho de que la India no quería esas naves por las falencias que habrían presentado.
Rectificación A pedido de Silvia Salgado, exasambleísta
El día jueves 29 de enero de 2015 en la sección de Actualidad del Diario El Comercio se publicó un reportaje titulado “Las primeras investigaciones de los Dhruv se frenaron en la Asamblea en el que se detalla que la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, en ese entonces presidida por quien suscribe, resolvió archivar el juicio político en contra del ex Ministro de Defensa, Xavier Ponce, lo que se complementa con lo señalado en el reportaje titulado “Tres Dhruv dejarán de operar a los seis años del primer accidente ‘, publicado el mismo día, en el que se señala que en el juicio político en contra del ex Ministro Ponce, se presentaron documentos de los cuales se podía evidenciar ciertas irregularidades o falencias técnicas en el procedimiento precontractual y contractual en la compra de estos helicópteros a la empresa de la India y que “pese a estos indicios, la Comisión de Fiscalización, presidida por Silvia Salgado, resolvió archivar el juicio político contra Ponce’
En este sentido señor Director, considero necesario que la ciudadanía conozca lo actuado por la Comisión de Fiscalización y que tiene respaldo documental que es público y se encuentra en la Asamblea Nacional y que pueden acceder los medios de comunicación para cumplir con su misión de entregar de manera contextualizada y verificada la información
“El 7 de Enero del 2010 se califica la solicitud de juicio político en contra del Ministro de Defensa Lcdo. Javier Ponce, cuyo proponente fue el Asambleísta Fausto Cobo y se inicia el proceso de sustentación de pruebas por parte de la Comisión de Fiscalización y Control Político.
En el documento de acusación(foja3), se señala como causales INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES QUE LE ASIGNA LA CONSTITUCION Y LA LEY, CON PRESUNCION DE RESPONSABILIDADES PENALES Y CIVILES, fundamentando el incumplimiento de funciones en que no existió una planificación estratégica operacional para la defensa externa del país(foja 25) y que en el proceso de contratación para la adquisición de siete helicópteros para la FAE existiría incumplimiento del contrato por parte de la Empresa HINDUSTAN AERONAUTICS LIMITED(foja 27). Estas son las acusaciones que sustanció e investigó la Comisión de Fiscalización en el plazo máximo de 15 días que determina la ley.
1. La investigación de la compra de los helicópteros Dhruv en ningún sentido se frenó en la Asamblea Nacional como titula el primer reportaje aludido, más bien, en la Comisión de Fiscalización, se realizó un proceso de investigación serio en el cual se recabaron pruebas documentales y testimoniales tanto por parte de quienes acusaban como de quienes defendían la contratación, documentación que conforma un expediente de 3.692 fojas, el cual fue remitido a la Contraloría General del Estado, órgano competente para identificar la existencia de infracciones cometidas en procedimientos de contratación pública y establecer las responsabilidades administrativas, civiles e indicios de responsabilidad penal.
2. Las acciones y hechos descritos en la solicitud de juicio político, respecto a la adquisición de los helicópteros, como lo señala el denunciante, inician con el primer proceso precontractual el 23 de febrero del 2006, a lo cual suceden procesos fallidos en los cuales actúan la H. Junta de Defensa Nacional, una Comisión Técnica, el Comité de Contrataciones de la FAE y el propio Ministro de Defensa en la fase final de Contratación en julio del 2008 , además hace referencia a incumplimientos a las bases del concurso, las condiciones técnicas de fabricación, certificación, plazos, seguros y condiciones de entrega ,entre otros aspectos técnicos y procedimentales que fueron expuestos por el denunciante y también por algunos militares que comparecieron a la Comisión con criterios contrapuestos; por lo tanto, se consideró que su análisis especializado corresponde a las competencias de la Contraloría General del Estado para establecer las respectivas responsabilidades a que hubiere lugar, fundamentándose en que las supuestas irregularidades se refieren a las etapas precontractuales y contractuales para la adquisición de los helicópteros DHRUV , por lo tanto las responsabilidades a establecer eran eminentemente administrativas sin descartar que se extiendan al ámbito civil y penal y no precisamente políticas que es el campo de la acción legislativa.
3. Respecto a la acusación que no existió un Plan estratégico para la defensa externa del país, se precisa que es el 1 de marzo del 2008 que se produjo el ataque en Angostura y es el 9 de Abril del 2008 que asume el cargo el Licenciado Xavier Ponce, la Comisión consideró que el denominado Plan Militar de Guerra CENEPA 1 de fecha 1997 no es la única referencia escrita sobre las prioridades de defensa del país y que era errado pretender que un documento de similar contenido pueda ser la base de sustentación de las decisiones, peor aún cuando está vigente la nueva Constitución, uno de cuyos principios es el declararse un Estado de Paz, por lo que sería una contradicción el que la política de defensa se sustente en un ‘ Plan de Guerra” como se demandaba. Estas consideraciones llevaron a la mayoría de integrantes de la Comisión de manera motivada a
archivar la solicitud de Juicio Político en contra del Ministro de Defensa sin que esto implique que las irregularidades denunciadas se hayan archivado, por el contrario se derivaron a los organismos competentes para que se continúe con la investigación a través de exámenes especiales al proceso de contratación.
4. Con fecha 4 de Marzo del 2010 se remite la documentación de la investigación de la Comisión de Fiscalización a la Contraloría General del Estado en cumplimiento a su resolución del 11 de Febrero en el marco de la solicitud de juicio político al Ministro de Defensa. Los resultados del primer examen especial estableció: Ausencia en la coordinación en la ejecución del Contrato. No se cumplieron plazos de entrega del paquete logístico e incumplimiento de obligaciones de la Empresa HINDUSTAN AERONAUTIC LIMITED estableciéndose las sanciones respectivas. El Informe definitivo de Contraloría fue aprobado el 9 de Mayo del 2013.
5. Cabe indicar que en el ámbito penal en la Fiscalía General del Estado estaba en curso la indagación previa No.147-2009-DRR respecto a la denuncia sobre la adquisición de los helicópteros DHRUV presentada por el Ex Asambleísta Fausto Cobo. Además me permito precisar que los testimonios y comparecencias en la Comisión de Fiscalización no son bajo juramento por lo tanto es la Fiscalía el órgano competente para determinar responsabilidades penales y no quienes tenemos representación política.
6 Finalmente considero que los hechos posteriores que son de conocimiento público y que son referidos a la adquisición y los accidentes de los helicópteros DHRUV deben continuar siendo investigados. La Contraloría ya ha anunciado un nuevo examen respecto de la renovación de garantías para precautelar los recursos públicos como también todos los procesos de ejecución del contrato, mantenimiento y uso de los helicópteros DHRUV, una vez que se encuentra suspendidas sus operaciones, a ello se sumará las gestiones del Comité Interinstitucional de investigación que debe contribuir de manera responsable a esclarecer estos hechos.
Con estos antecedentes, amparada en lo dispuesto en el articulo 66 numeral 7 de la Constitución de la República, que entre los derechos de libertad de los ciudadanos y ciudadanas señala “El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario” y lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación que señala “Todas las personas tienen derecho a que los medios de comunicación rectifiquen la información que han difundido sobre ellas, sus familiares o sobre los asuntos a su cargo cuando existan deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la información de relevancia pública de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de esta Ley Los medios de comunicación tienen la obligación jurídica de publicar dentro del plazo de 12 horas, contadas a partir de presentado el reclamo de la persona afectada, de forma gratuita, con las mismas características. dimensiones y en el mismo espacio, sección u horario; las rectificaciones a las que haya lugar…” me permito solicitar la rectificación, en las condiciones establecidas en la norma antes expuesta, sobre las informaciones inexactas que han sido impugnadas en el presente oficio y que pueden afectar mi nombre y el de un grupo de legisladores que reitero tuvimos la valentía de investigar este caso y remitir los resultados de dicha investigación a los órganos que tienen la competencia para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones respectivas
Con la certeza de que usted dará la oportuna atención a esta solicitud, de publicar la rectificación del texto que se encuentra resaltado en negrillas, le anticipo mi agradecimiento.