Sentencias a domicilio
Al lector que no conoce al detalle el Derecho Penal ecuatoriano es necesario explicarle que el COIP, vigente desde el 2014, importó la llamada “prevención general”, para la cual el propósito de la pena es evitar la comisión de delitos a través de la intimidación, por amenaza de cárcel, y fomentar la obediencia al sistema jurídico, cuyo efecto inmediato debería ser reducción de delincuencia y de reincidencia.
Así que cada vez que un juez de algún pueblo refundido, dizque administrando justicia constitucional —por sobre los jueces penitenciarios—, permite que un delincuente sentenciado se vaya cumplir su condena en la comodidad de su hogar, está dando al traste con esta “prevención general”, pues la pena pierde el efecto intimidatorio y enseña a la sociedad que no hay castigo que no se pueda burlar, con lo cual incita a la ciudadanía a cometer delitos y reincidir, bajo la premisa de que si ni los jueces respetan el orden jurídico, menos lo tienen que hacer los ciudadanos de a pie.
La consecuencia directa es que todo el esfuerzo de la Fiscalía General en investigar y perseguir casos, más el presupuesto estatal que se invierte en cada uno, se van por el caño, porque al final el sistema falla, los castigos no se cumplen y no hay forma de lograr la anhelada paz social.
Carlos Cortaza Vinueza
El SSXXI a favor de la delincuencia y no de 17M
¿La Asamblea, dizque mejorando el COIP? Cárcel de 5 a 7 años a las “vacunas o extorsiones onerosas” por las cuales asesinan o secuestran al dueño y familiares y, mueren negocios, ciudades y el país. Y la vida de 17M no vale nada si legisladores y la Justicia están a favor de los infractores. ¿Imponen multas y los convierten en “empresarios del delito”? Hitler, Stalin, Mao, F. Castro, Chávez, Correa…, desarmaron al pueblo ofreciendo paz. Y es para que el pueblo indefenso no se levante en armas contra su tiranía. Los únicos que pueden tenerlas son los delincuentes para atemorizarlo y silenciar a opositores. El porte, cárcel de 3 a 5 años y, ¿a los trasgresores si los sentencian, no añaden años por el arma? Tampoco la Policía puede usarlas para defender a 17M y cumplir Art. C. 163. No es década robada sino 16 años de saqueo con golpes de Estado 2019 y 2022. El SSXXI controla desde 2007 la Asamblea y CNE y la Justicia en 2011, que garantizan votación, inmunidad, impunidad y cárcel a opositores. La prensa registra bombazos, chicos sicarios, secuestros, descuartizados, jóvenes drogados (destrucción de la familia y la sociedad), ¿narcocandidatos?, aportes ilegales (Lasso defendió a Arauz), con juicios y glosas y ¿balean a los buenos?, ¿narcogenerales?, ¿narcoasambleístas?, etc. Y miles emigran porque roban y matan en calles, cárceles, hospitales, empleos…, y no hay trabajo ni para comer. Del 1 al 10 de enero, 162 asesinados en la ruta de la droga en 5 provincias. ¿Y no vemos venezolanos huyendo del empobrecedor y criminal SSXXI? Lasso ni fu ni fa, igual que FF.AA., la Iglesia, la Academia, gremios, cámaras de turismo y comercio, docentes y transportistas…, amnésicos y ciegos.
Juan Carlos Cobo Rueda