El pasado 22 de agosto del 2017, un hombre fue detenido por trasladar en un vehículo animales silvestres, entre los que se encontraban dos caimanes enanos. Foto tomada de la página del Ministerio del Ambiente del Ecuador
Juan C., sentenciado a un año de prisión por el transporte de animales silvestres, ya no será privado de su libertad. El pedido de una suspensión condicional de la pena fue aceptado por las autoridades competentes.
El ciudadano extranjero fue detenido el 22 de agosto de este año en la ciudad de Loreto, Orellana. Según la Unidad de Protección del Medio Ambiente de la Policía Nacional, los agentes pidieron al conductor que se detenga para revisar sus placas, que se suponía eran de uso diplomático, pero no se tenía registro de estas.
En ese momento, se percataron de la presencia de varios animales silvestres en el interior del vehículo. Entre las evidencias que se presentaron están: cuatro caimanes, una guanta, una tortuga motelo, una tortuga charapa, una serpiente chonta, una serpiente equis, un mono araña, 11 ranas, dos tarántulas (una viva y otra muerta) y 31 insectos.
Según la información que divulgó el Ministerio del Ambiente en su página web, en total se encontraron 73 animales de 14 especies. Tres están consideradas en peligro crítico de extinción en el Libro Rojo de Especies de la Unión Internacional de Conservación Natural (UICN).
En un inicio, el juez determinó que el acusado debía cumplir un año de prisión y pagar USD 22 000 por el delito contra la vida silvestre, contemplado en el artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En estos casos se establecen penas de hasta tres años.
En la siguiente audiencia, se aceptó la suspensión condicional de la pena. Entre las justificaciones están que el acusado ha participado en “actividades inherentes al recate animal” y no existe otro proceso penal en su contra.
Hugo Echeverría, abogado ambiental y miembro de la Comisión Mundial de Derecho Ambiental de la UICN, explica que el artículo 630 del COIP prevé que la pena pueda suspenderse en casos que se sancionen con penas bajas, como en esta situación.
Aunque no deberá ir a prisión, Juan C., tiene que residir en el lugar donde notificó previamente que vivía, no puede salir del país sin previa autorización y debe pagar el monto que se estableció en un inició en el plazo máximo de un año. Además, debe presentarse a la unidad judicial cada dos semanas y no reincidir.
Según Echeverría, no es la primera vez que se aplica esta medida en casos de delito contra la vida silvestre, “por lo que hay preocupación acerca del mensaje social que se está enviando, acerca de la efectividad de la ley”.
Se trata de un caso muy serio, dice Echeverría, ya que hay animales silvestres en peligro de extinción, y la suspensión condicional de la pena no contribuiría a su protección.