El reglamento para la adquisición de Software Público por parte del Sector Público fue emitido este 22 de mayo de 2017, mediante el Decreto Ejecutivo No. 1425.
El decreto consta de 10 artículos, una disposición general única, cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria, que se encarga de derogar el decreto ejecutivo 1014 emitido el 10 de abril del 2008.
En el decreto 1425 se indica que la Secretaría Nacional de la Administración Pública será el ente que regule a las entidades del sector público en lo que respecta a Gobierno Electrónico.
En el articulado del decreto, se especifica la prelación que tiene el Software para su adquisición, tomando en consideración si dicho software tiene un componente mayoritario de valor agregado ecuatoriano, ya sea en el desarrollo o en la provisión de servicios con respecto al software adquirido.
Teniendo en cuenta las necesidades de cada institución, y en función del grado de prelación para la adquisición del Software, si alguna institución pública no pudiera acceder a un determinado tipo de programa informático de código abierto, o si fuera necesaria la adquisición de otro tipo de Software para la ejecución de determinadas tareas, la institución deberá justificar este tipo de uso a la SNAP para que se evalúe su adquisición.
Para esto, sin embargo, previamente se deberá hacer pública esta necesidad mediante el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública, dejando claras las especificaciones, para que cualquier persona o institución puedan de esta forma realizar sus ofertas para ofrecer sus productos o servicios. De no haber ofertas y al no poderse cumplir con el orden de prelación para la adquisición de Software, la entidad continuará con el trámite de autorización que corresponda.
Ante la aprobación de este reglamento, la Asociación Ecuatoriana de Software (Aesoft) ha emitido una carta para el nuevo presidente de la República, Lenín Moreno. En la parte principal de dicho documento, la Aesoft solicita la derogación del Decreto Ejecutivo 1425.
El principal argumento de la misiva es que la Aesoft había solicitado participar en la elaboración del reglamento, pero el decreto fue publicado sin que la Aesoft haya participado en la elaboración.
La Aesoft asegura que el decreto publicado no fue socializado previamente, y que contiene disposiciones que, según indican, afectarán negativamente a la contratación pública y al desarrollo tecnológico del país. Andrés Burbano de Lara, presidente del directorio de dicha institución, indica que hay varios artículos en el reglamento donde se habla acerca de la contratación pública, no se trata de un artículo en particular, sino de todo el articulado.
“En resumen, el reglamento está diciendo para la compra que todo lo que no sea Software Libre, se debe seguir un proceso burocrático y engorroso para que las instituciones públicas lo contraten”, indica Burbano de Lara. En este sentido, el presidente del directorio de la Aesoft asegura que hay un claro sesgo hacia el Software Libre en detrimento de otro tipo de Software, lo que puede eventualmente afectar a la industria del software del Ecuador.
“Esa no fue la intención en el Código Ingenios, pero con el reglamento se pone barreras para la adquisición de otro tipo de software”, puntualiza Burbano de Lara, quien indica también que el principal reparo de la Aesoft es que nunca se les participó de la elaboración del texto, pese a los pedidos formales que habían realizado al respecto.