Un tercio de jueces de la Corte Nacional será reemplazado, entre los 21 titulares. Está en pleno trámite el concurso para elegir a los sustitutos.
Cuando se aprobó la Constitución de Montecristi, dispusieron que esta Corte sea integrada por 21 juezas y jueces, designados para un período de nueve años; no podrán ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres años.
Bajo el título “Perfil de las y los postulantes”, el Código Orgánico de la Función Judicial exige requisitos como ser ecuatoriano, hallarse en goce de los derechos de participación política; acreditar probidad, diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con el reglamento que dictará el Consejo de la Judicatura.
Para los siete cargos disponibles han presentado aspiración nada menos que 297 candidatos. El Presidente del Consejo de la Judicatura anunció el inicio del proceso de impugnación.
Es peligroso impugnar a un candidato. Hace poco tiempo, un ciudadano impugnó la designación de un magistrado, afrontó las acciones penales del impugnado y se le tornó la vida, como dicen ahora, “a cuadritos”.
Ya en el ejercicio del cargo debe atender una serie de problemas sobre todo de quienes pierden los pleitos cuando consideran que ellos tenían la razón; y cumplir con las normas procesales que contienen principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal; así como las garantías del debido proceso. La cuestión de la celeridad es la más delicada, porque hay denuncias y demandas por miles y miles y aunque trabajen las 24 horas del día, no hay posibilidad de despacharlas rápidamente.
La Constitución garantiza a la Función Judicial autonomía administrativa, económica y financiera. Agrega: “Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa”.
Sin embargo, debido a que sobre esa Corte y las demás; y las fiscalías y los juzgados, etc., etc., hay un gobernador, en ocasiones estiman que no han cumplido correctamente al sentenciar y vienen las consecuencias. Un fallo favorable a la constructora del más grande oleoducto del país, costó el cargo a tres jueces de la Corte Nacional; y, más recientemente, por poco acontece lo mismo con los jueces nacionales que declararon inocente a la profesora Mery Zamora. El Fiscal General, utilizando un camino legal, dedujo acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional, cuya tarea es examinar si en la sentencia se han producido violaciones a derechos “constitucionales”. De estimar que sí, dejaría sin efecto la sentencia de la Nacional, con lo que sus componentes terminarían desautorizados.
Con este panorama, ¿concursar para juez de la Corte Nacional es apetecible? ¿No es buscar padecimientos, inseguridad y penurias, si alguien se enoja por algo?
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