El alevoso asesinato que segó la vida a Fausto Valdiviezo, en Guayaquil, permite reafirmar determinados principios legales entre los que hay cierta contradicción de la Constitución de la República y el Código de Procedimiento Penal.
La primera, cuando al acusar a un periodista por injurias contenidas en un reportaje o información, establece la garantía estipulada en el art. 20, que dice: “El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación”.
Cuando alguien persigue una publicación que considera injuriosa, el procedimiento penal dispone en el art. 384: “El director, editor, dueño o responsable de un medio de comunicación responderá por la infracción que se juzga y contra él se seguirá la causa, si no manifestare, cuando la fiscal o el fiscal lo requiera, el nombre del autor, reproductor o responsable de la publicación”.
Si el periodista realiza su propia investigación en el campo minado de la delincuencia, ahora organizada y con medios económicos y materiales de sobra y publica en el periódico el resultado de su investigación, ante el requerimiento fiscal para que el director o el editor manifiesten “el nombre del autor”, generalmente el requerido invoca el artículo de la Constitución que garantiza el secreto profesional y la reserva de la fuente.
Últimamente, ante la arremetida de la delincuencia organizada, surge la necesidad de resguardar el derecho a la vida del periodista, pues si se revela el nombre del autor del trabajo de investigación que afecta a determinados delincuentes, corre el riesgo de que -en venganza- lo asesinen. Esto, en el caso del periodista Fausto Valdiviezo, dejó de ser suposición y teoría y confirmó, con su vida, la Constitución en la parte que habla del secreto profesional y la reserva de la fuente. El fiscal debe buscar otros caminos para cumplir su deber de investigar el caso denunciado y establecer los presuntos responsables del crimen.
Actualmente elaboran un nuevo Código Penal. Los responsables de su redacción y aprobación deben pensar en estas realidades y meditar sobre un concepto que, entre nosotros, tuvo el alcance político de dogma: “A mayor pobreza, mayor delincuencia”. Venezuela es un país que tiene dinero más que suficiente y con semejante riqueza, el crimen pulula y lo coloca entre los más violentos de América.
En nuestro querido Ecuador es evidente que la pobreza se ha reducido y si bien la mayor parte de ciudadanos tiene comodidad tanto como para viajar, asistir a las playas, divertirse, consumir, la delincuencia ha aumentado severamente y se ha modernizado: hoy se roba vía internet.
Los asambleístas deben actuar con realidad.