De conformidad con el previsto en el numeral 7 del Artículo 66 de la Constitución de la República, que establece el derecho a la réplica de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, solicito que sea publicada, en forma inmediata y en el mismo espacio, la presente nota aclaratoria al artículo titulado “Políticas inhumanas” de autoría de monseñor Julio Parrilla, que fuera publicado en la página 12, sección “Opinión”, de la edición de este día domingo 1 de septiembre de 2013, en el siguiente sentido: El autor del artículo escribe que “De un plumazo, las autoridades del IESS han suprimido las capellanías de los hospitales de Quito y Guayaquil”, aseverando que se trata de “una medida que se suma al rosario de disposiciones antirreligiosas” del Gobierno y la administración pública.
Lo que el autor omite señalar es que la Constitución de la República vigente proclama, en su primer artículo, el carácter laico del Estado ecuatoriano que -como bien señala el numeral 8 de su Artículo 66- reconoce y garantiza a las personas su derecho a “practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos”. Este es, precisamente el “derecho inviolable” a la libertad religiosa que reclama el autor en “cualquier país civilizado, socialista o capitalista”.
Nada que pueda parecer una limitación a esa libertad ha ocurrido en el IESS. Tan solo se dieron por terminados tres nombramientos provisionales, otorgados en enero del presente año, a tres sacerdotes que desde enero del año 2011 mantenían contratos ocasionales con la institución, que obligaban a pagar con fondos públicos la suma de 17 760,00 dólares como remuneración anual a cada uno de ellos que, por decisión de la Iglesia, fungían como capellanes en los hospitales San Francisco y Carlos Andrade Marín de Quito y Teodoro Maldonado de Guayaquil.
Esto es lo mismo que le manifestara, el día sábado 24 de agosto del presente año, a monseñor Luis Cabrera, cuando lo recibí en audiencia en representación de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, quien entendió perfectamente que esta medida nada tenía que ver con ninguna forma de persecución religiosa y me hizo conocer que, en la provincia del Azuay, es la curia la que paga sus haberes a los capellanes. Se convino entonces que los capellanes pueden seguir en su trabajo y que su remuneración será pagada por la Iglesia.
Queda entonces en evidencia que la medida administrativa adoptada por la actual Administración del IESS está muy distante de la pretendida intención invocada por el autor de “privar al pueblo” del “consuelo de la fe”; y, menos aún, de ser la supuesta manifestación de una “laicismo excluyente”.
El propio autor confiesa: “Más de una vez he tenido que ir a un hospital para atender espiritualmente a la madre o al hijo moribundo de algún que otro revolucionario…”. Estamos seguros que este importante representante de la Iglesia Católica no habrá facturado un solo dólar por tales servicios al Estado.
Aprovecho la oportunidad para reiterar que, mucho más allá de una “básica finura humana y social”, que tanto reclama el autor del artículo, quienes dirigimos el IESS tenemos una condición humana y ética que nos mantiene alertas y por ello hemos advertido que tenemos que invertir mucho más esfuerzos y recursos para atender la salud y seguridad social de millones de nuestros compatriotas, a fin de cumplir el mandato constitucional de llegar cuanto antes a la universalización de la Seguridad Social en el Ecuador.
Fernando Cordero Cueva
Presidente del Consejo Directivo INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL