Genaro Peña Ugalde
Mediante una enmienda, se pretende reformar la Constitución, privando a la Contraloría General del Estado de la facultad fiscalizadora de auditoría de gestión, facultad consignada en el art. 21 de su Ley Orgánica, logro consensuado previamente en diferentes asambleas de los participantes que conforman la Federación Internacional de Países Fiscalizadores Olacef.
Consecuencia, todos los países participantes han estado equivocados y el único que corrige es el Ecuador. No señores legisladores, ustedes quieren transparencia en la gestión administrativa del Gobierno, no se precipiten, no cometan el despropósito de privar al máximo organismo de Control de esta tan importante atribución.
No confundan la simple fiscalización de cuentas de fondos públicos, con la proyección que importa la Auditoría de Gestión, así retrocederíamos 50 años, ya no tendremos al respetable Organismo de Control, cuyo objetivo a través de dicha auditoría constituye el proceso administrativo, las actividades de apoyo, financieras y operativas; la eficiencia , efectividad y economía en el empleo de los recursos humanos, materiales, financieros, ambientales, tecnológicos y de tiempo; y el cumplimiento de las atribuciones, objetivos y metas institucionales.
Gestiones y actividades que Contraloría las debe realizar desde la misma Presidencia de la República hasta la última dependencia del sector público. Esta no es tarea de organismos de planificación y de cada entidad pública, sino de un organismo técnico y especializado a través del tiempo y mucho costo para el Estado.
Me permito opinar porque me pertenecí a la institución a la que serví por ocho años y los cuatro últimos digiriéndola.