Según los Arts. 62, 63 y 143 de la Constitución y 11 y 89 de la Ley Orgánica Electoral y de organizaciones políticas, hay electores obligados a votar y otros cuyo voto es facultativo:
1.- De forma obligatoria votan todos los ciudadanos ecuatorianos mayores de 18 años y menores de 65 años así como a aquellas personas mayores de 18 años de edad privadas de la libertad y sin sentencia condenatoria ejecutoriada. Y, 2.- De forma facultativa votan los ecuatorianos entre 16 y 18 años de edad, mayores de 65 años, integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, personas con discapacidad, personas analfabetas, extranjeros desde los 16 años de edad que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años y se hubieren inscrito en el Registro Electoral y los ecuatorianos que habitan en el exterior y consten en los padrones electorales.
El 17 de febrero del 2017 se elegirán Presidente, Vicepresidente, Asambleístas y representantes al Parlamento Andino. Si ninguno de los binomios a Presidente y Vicepresidente obtiene la mayoría de votos habrá una segunda vuelta el domingo 2 de abril del indicado año entre los dos binomios más votados. En definitiva, es al pueblo ecuatoriano al que le corresponde elegir entre los candidatos al Presidente, Vicepresidente, Asambleístas y Representantes al Parlamento Andino.