Con relación a la publicación de Diario EL COMERCIO del 15 de junio 2016 con el titular: “Pudo ser lo peor”, es necesario precisar que esta columna de opinión se refiere actividades técnicas complejas, que corresponden a la operación cotidiana de exportación del petróleo ecuatoriano, de una manera simple y nada rigurosa, sin contrastar lo aseverado, desinformando a la ciudadanía en general, por lo cual me permito aclarar los siguientes puntos:
* A través de negociaciones estratégicas, Ecuador ha logrado colocar su crudo en el mercado internacional, en un momento en que existe sobre oferta de petróleo y muchas empresas se encuentran buscando un cupo para colocar su crudo, en medio de la expectativa de los precios del petróleo.
* EP Petroecuador ha suscrito de manera directa contratos de venta anticipada de crudo a largo plazo con la empresa estatal Petrochina International Company Limited, al amparo del Convenio de Alianza Estratégica firmado entre las partes, que faculta la suscripción de convenios específicos bajo el Término Comercial Internacional FOB (Free on Board / Libre a Bordo).
* Para conocimiento de la ciudadanía y del señor columnista, se denomina venta anticipada de petróleo al contrato mediante el cual el vendedor recibe un anticipo de dinero por el hidrocarburo que entregará a futuro. La negociación de los contratos ha sido establecida, de acuerdo a los precios del mercado internacional de hidrocarburos, recibiendo el Estado ecuatoriano un anticipo económico por la suscripción de los contratos. El anticipo recibido no es el monto total que recibirá el Estado ecuatoriano por la venta de crudo. Los contratos garantizan liquidez para el Estado durante los años en que estos estén en vigencia.
* Los contratos firmados con Petrochina no establecen valor alguno por comisión para terceros, como lo asegura el columnista.
* Una vez entregado el petróleo en el Terminal Marítimo de Balao al comprador, se factura al mismo consignatario, en este caso Petrochina International Limited, sin la participación de intermediarlos.
* El precio de venta se determina el día de la entrega del crudo al comprador; este cálculo responde a una fórmula de mercado internacional, basada en el crudo marcador West Texas Intermedíate (WTI). Por lo cual, si en los años venideros el precio del petróleo sube, así mismo el Estado ecuatoriano recibirá los beneficios económicos correspondientes.
* Estos contratos prevén cronogramas de entrega de crudo, con base la producción de crudo nacional, priorizando siempre la demanda intema para refinación y producción de combustibles y derivados.