Fabián Francisco Pérez de Castro
El 7 de diciembre de 2009, el Presidente Constitucional de la República expidió el Decreto Ejecutivo nro. 172, que dice:
Art. 1.- “Los exservidores públicos o jubilados de las entidades del sector público que hasta el 31 de diciembre de 2008 venían percibiendo una pensión jubilar ya sea de los Fondos Privados de Jubilación Complementaria o de Cesantía, bajo cualquier denominación que éstos tuvieren, o directamente del presupuesto institucional, pasarán a percibir una transferencia solidaria, con cargo a su respectivo presupuesto institucional o Presupuesto General del Estado de ser el caso, en los montos y con las limitaciones establecidas en éste Decreto”.
Para el cálculo de las transferencias establecidas en este artículo el salario básico unificado y el valor referente a la canasta básica familiar serán los establecidos a enero de 2009 (USD 218 y USD 512,03, respectivamente). Este Decreto no fue cumplido por las autoridades del IESS, causando un gravísimo perjuicio económico a sus extrabajadores-jubilados patronales y de manera particular a los que percibimos la miseria de USD 85 mensuales (25% del SBU), que somos la mayoría.
¡Este es otro capítulo de la interminable novela de atropellos, maltratos e injusticias que esta institución comete contra sus extrabajadores. “Mal patrono”!