El 11 de septiembre, Diario EL COMERCIO publicó un reportaje sobre Las alícuotas y la Ley de Propiedad Horizontal “que regula la relación entre los dueños de inmuebles”; al respecto creo que la Ley puede quedar en letra muerta si no hay el contingente humano.
El artículo menciona a los condóminos como incumplidores de sus obligaciones pecuniarias y no sé si la Ley exige cuentas a los Administradores de los condominios, sólo sé que muchos de los espinosos problemas en los condominios son causados exactamente por la falta de rendición de cuentas del administrador a los copropietarios.
La función del administrador es muy delicada; por lo mismo, todos sus actos a realizar deben ser en conocimiento y en consenso de los copropietarios, quienes son a la vez juez y parte del caso.
Se menciona en el artículo que el administrador es representante legal para exigir el pago de alícuotas vencidas ante un juez; voy más allá, el administrador con un poquito de sentido común, debe ser el estratega que coordina las mejores relaciones sociales entre vecinos y de estos con él, y el resultado de su gestión anual sería mejor de lo que imaginó.