Redacción Negocios
Un traspaso del crédito hipotecario de una entidad financiera al Instituto de Seguridad Social (IESS) debe demorarse 30 días.
Pero para que este plazo se cumpla, antes de empezar la precalificación en el IESS debe dirigirse a la institución financiera y pedir el número de operación y el saldo de capital. Estos datos son imprescindibles para el trámite.
No olvide que para acceder a la prestación, la hipoteca solo puede respaldar adquisición, construcción, ampliación y remodelación o mejora de vivienda. Y es indispensable que no se tenga pagos vencidos o en mora.
Además, para que su precalificación sea exitosa debe cumplir ciertos requisitos, como tener mínimo 36 aportes y los últimos 12 consecutivos. Una vez que tenga el número de operación y el saldo de capital del crédito, ingrese a la página electrónica del IESS: www.iess.gov.ec
Ahí, haga un clic en la opción Préstamos hipotecarios y luego digite su número de cédula y su clave personal (si no tiene clave, acuda a sacar una en las oficinas de Historia Laboral del IESS). Inmediatamente, entre en la opción que dice Haga clic para crear su solicitud.
Se le desplegará en la pantalla cuatro tipos de productos, escoja el del extremo inferior derecho: Sustitución de hipoteca. El sistema le recordará, entre otras cosas, que el IESS financiará hasta el 100% del saldo adeudado a la institución financiera , siempre y cuando su capacidad de pago lo permita. No se reconocerán pagos por multas, penalizaciones o cualquier otro valor por pago anticipado de la obligación. Si está convencido de todas las condiciones de la prestación y seguir con el trámite, oprima la opción Aceptar y Continuar.
Luego, el sistema le pedirá que autorice consultar su historial crediticio en un buró de crédito autorizado; hacer el avalúo de la vivienda y que su empleador le descuente de su sueldo el dividendo del crédito.
También deberá autorizar que, en caso de que desista del trámite, porque deja de estar en relación de dependencia o fallece, los valores incurridos por el IESS por traspaso de hipoteca se descuenten de sus fondos de reserva y/o del seguro de cesantía.
Aceptadas las autorizaciones arrancará el proceso de precalificación. Indique si el crédito es individual o solidario, es decir, con su cónyuge o conviviente. Si solicita solidario debe ingresar el número de cédula y la clave personal de su pareja.
El IESS le advertirá que durante el tiempo que dure el trámite, se contratará una garantía bancaria o una póliza, cuyo costo deberá ser pagado por usted.
Después, especifique el destino original del crédito que la institución financiera le concedió como primer paso, ingrese el número de operación, el saldo del capital del crédito, etc.
Una vez aprobados los requisitos y los datos que ingresó en el sistema, el personal del Seguro Social le solicitará, según sea el caso, que se acerque a entregar más documentos.
Los últimos pasos
El Seguro Social, luego de terminar con el proceso en la página electrónica, se encargará de solicitar la liquidación total de su préstamo hipotecario a la entidad financiera.
Inmediatamente después, se efectuará el avalúo del bien, el cual debe ser igual o superior al 125% del saldo a cancelar y no menor a USD 10 000.
Una vez que el beneficiario presente la escritura pública del traspaso de hipoteca inscrita en el Registro de la Propiedad, el IESS transferirá el dinero adeudado por el cliente a la entidad.
Al mes siguiente de inscrita la escritura, se iniciará con el proceso de pago de los dividendos a través del descuento.
El IESS responde sobre la Portabilidad de hipotecas
¿Hasta qué valor el IESS me puede otorgar un préstamo para cancelar la obligación hipotecaria que mantengo con un banco?
El IESS financiará hasta 100% del saldo adeudado a la institución financiera, si su capacidad de pago lo permite.
¿Cuál debe ser el avalúo del bien que respalda la operación?
El avalúo del bien inmueble debe ser igual o superior al 125% del saldo a cancelar y no menor a USD 10 000.
¿Puede el IESS concederme un crédito hipotecario para cancelar una operación vencida?
En ningún caso el IESS concederá a sus afiliados y pensionistas de vejez o jubilados préstamos hipotecarios para la cancelación de operaciones vencidas o con dividendos en mora.
¿Es necesaria la contratación de una garantía a favor de la entidad financiera mientras dura el proceso?
En el transcurso del trámite, se le solicitará la contratación de una garantía bancaria o póliza a favor de la entidad financiera hasta que se concluya el proceso de cancelación del
crédito y sustitución de hipoteca.
¿En qué tiempo y bajo qué condición realizará el IESS el desembolso del valor adeudado al banco?
El pago de los valores adeudados por el afiliado se transferirá del IESS a la entidad financiera en un plazo no mayor a 30 días, a través del Sistema de Pagos Interbancarios (SPI) del
Banco Central a la cuenta bancaria de la institución financiera.
¿El IESS asumirá el costo y realizará la contratación de la garantía bancaria?
El costo de la garantía bancaria/póliza será financiado por el propio afiliado y/o jubilado. La obtención de esta garantía bancaria/póliza necesariamente será tramitada por el personal del IESS asignado a este proceso.
¿Puede el IESS concederme el crédito para cancelar una obligación hipotecaria en cualquier institución financiera del país?
Este tipo de préstamo aplica para que el asegurado cancele sus obligaciones con garantía hipotecaria en cualquiera de las entidades financieras del país, reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, entendiéndose como tales a bancos, mutualistas y cooperativas de ahorro y crédito.
¿El IESS me concederá el crédito sea cual fuere la finalidad de la operación hipotecaria adquirida en la institución financiera?
No, únicamente podrá acceder a este tipo de préstamo si la hipoteca respalda obligaciones para adquisición, construcción, ampliación, remodelación o mejora de viviendas de su propiedad y siempre y cuando su obligación no se encuentre con pagos vencidos.
En el caso de que el Seguro Social hubiere adquirido previamente a la institución financiera la obligación hipotecaria a mi nombre, a través del mecanismo de compra de cartera, ¿puedo acogerme a este tipo de crédito?
Sí, el asegurado podrá acogerse a este tipo de operación en las mismas condiciones establecidas para el préstamo hipotecario de Portabilidad de Hipotecas.
¿En qué momento debo entregar la solicitud para acceder a este crédito?
El asegurado deberá entregar la solicitud respectiva al día siguiente de pagada la cuota normal del dividendo en la institución financiera.