La consulta popular convocada por el presidente Correa no puede ser entendida como una aprobación plebiscitaria acerca de su gestión; sin embargo, su popularidad puede ser determinante en su resultado. Este proceso no está dirigido a elegir a quién o quiénes deben tomar decisiones; no elige personas, sino que apunta a incidir en la construcción de las reglas de juego que deben presidir la toma de decisiones. Es un ejercicio de democracia directa, por medio del cual las decisiones de la ciudadanía, contabilizadas mediante el voto, pasan a configurarse como cuerpos normativos que regularan el proceso político. La historia se repite, una propuesta con posibilidades de ganar en las urnas más que por la validez de los argumentos, por el efecto de su popularidad, alcanzada en la lógica de la dura confrontación y soportada por una eficaz maquinaria mediática.
Las preguntas que se propone a la ciudadanía hacen referencia a esta dimensión de construcción colectiva de decisiones en dos direcciones. La primera (preguntas 1 a 5), alude directamente a las condiciones formales procedimentales de construcción decisional, y asume el carácter de referéndum porque sancionan textos previamente elaborados por quien consulta, esto es, por el Presidente de la República y, en caso de su aprobación, pasan a modificar el texto constitucional.
En la otra dirección (preguntas 6 a 10) estamos frente a una consulta que atañe a los contenidos de las decisiones, y que genera indicaciones de política que luego deberán ser instrumentadas normativamente por cuerpos legislativos, esto es por la Asamblea Nacional, o en el caso de la pregunta 8, por los órganos legislativos cantonales.
En ambos casos la consulta supone una radical y drástica reducción de derechos y del carácter garantista de la Constitución diseñada en Montecristi; en materia de procedimientos se reducen derechos al modificar las garantías referidas a la caducidad de la prisión preventiva, y al eliminar el principio de la división y autonomía de los poderes del Estado; en lo referente a la consulta se incluyen temas que no lograron consensos en la Asamblea, como el control de los medios de comunicación, la penalización del enriquecimiento “injustificado” y la prisión por evadir el pago del seguro social.
¿Por qué el Presidente acude a este mecanismo y no resuelve estos temas en el ámbito de la Asamblea donde, a pesar de las deserciones, el partido de Gobierno continúa teniendo mayoría? La respuesta apunta a su necesidad de buscar legitimidad en las urnas para instrumentar la devastación definitiva de la institucionalidad democrática que protege los derechos; por ello, un resultado afirmativo en la consulta significaría el paso decisivo en la construcción del modelo totalitario.