Redacción Quito, La Nación, GDA.
En San José (Costa Rica), con el fin de reducir las congestiones vehiculares y por los altos precios del combustible se aplicó la restricción vehicular. Las autoridades de Gobierno argumentaron la aplicación de la medida, en junio de 2008.
Un año después, el 12 de junio de 2009, la Sala Constitucional de la Corte Suprema emitió una sentencia con efecto inmediato. “Por mayoría de votos la Sala Constitucional anuló los decretos ejecutivos relacionados con la restricción vehicular impuesta en San José”, dijo el Poder Judicial en un comunicado.
Luego de esta resolución hubo colapsos viales en numerosas partes del área metropolitana. El presidente Óscar Arias firmó un nuevo decreto y activó la norma. El Ministerio de Obras Públicas (MOPT) también defendió la legalidad. Según esta entidad, con la medida no circula el 20% de la flota vehicular.
La restricción tuvo modificaciones en los dos años de aplicación. El primer modelo comprendía las horas pico. La restricción era de 06:00 a 08:30 en la mañana y 16:30 a 19:00 en la noche. Pero hubo cambios.
La prohibición aumentó a 13 horas. La medida consistió en restringir el ingreso de autos a un sector de la capital entre las 06:00 y las 19:00, según el último número de placa.
Por ejemplo, los lunes no pueden ingresar los autos cuyas placas finalizan en 1 y 2, los martes los terminados en 3 y 4, los miércoles para los 5 y 6, los jueves para 7 y 8 y los viernes para 9 y 0.
El anillo de restricción incluye la ruta de Circunvalación, sus rotondas, la calle principal de Calle Blancos, un tramo de la radial La Uruca y todas las vías que van desde esos puntos hacia San José. Los infractores son multados.
La restricción rige para vehículos particulares y de Gobierno, así como para camiones de carga de menos de seis toneladas.
La restricción vehicular no alcanza a las motocicletas, los buses y taxis, los automotores de personas con discapacidad, así como a los vehículos de emergencia como los de la Policía, Tránsito, Bomberos y Cruz Roja.